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FERRER VIÑALS, DENISSE s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía presentada por Denisse Ferrer Viñals; el Juzgado le concedió la ciudadanía argentina y ordenó la expedición de la carta de ciudadanía y las comunicaciones administrativas correspondientes. La decisión fundó que la peticionaria reúne las condiciones previstas en la Constitución y la ley, no existiendo impedimentos ni irregularidades migratorias.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Inscripcion registral Enrolamiento Perdida de nacionalidad Fraude Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Denisse Ferrer Viñals, peticionaria de carta de ciudadanía. Demandado: el Estado (Trámite de incorporación a la ciudadanía argentina tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial Federal; intervención del Ministerio Público Fiscal y oficios a organismos). Objeto: concesión de la nacionalidad argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 7333/2025). Decisión: Se declaró ciudadana argentina a Denisse Ferrer Viñals (n. 2/12/1993, Pinar del Río, Cuba), con la exigencia del juramento de fidelidad y la comunicación de la concesión a los organismos pertinentes; se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, y se informó sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y las consecuencias de fraude u ocultamiento de datos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "II.
- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," (Se transcribe además la parte dispositiva final relevante:) "1.
- Declarar ciudadana argentina a DENISSE FERRER VIÑALS, ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435). 2.
- Hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar ... la pérdida de su nacionalidad anterior ... Asimismo, que ... en el supuesto de conocerse con posterioridad ... la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el artículo 15 del Decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos ... 3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)." No se registran votos en disidencia en la sentencia.

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