BALBI, RAUL HORACIO c/ RIVERO, OSVALDO FERNANDO Y OTRO s/SIMULACION
Balbi promovió acción de simulación contra Rivero y otra por la venta del inmueble sito en Superí 1960 para eludir la ejecución de una rendición de cuentas. El Juzgado Civil Nº 70 se inhibió y remitió la causa al Juzgado Civil Nº 22 por conexidad con el expediente de rendición de cuentas (Expte. 083202/2011).
¿Quién es el actor?
Raúl Horacio Balbi.
- Demandados: Osvaldo Fernando Rivero y María Georgina Rivero.
- Objeto de la demanda: acción de simulación respecto de la compraventa del inmueble ubicado en Superí 1960 (CABA), que el actor alega fue realizada con el único fin de impedir el cobro de la acreencia reconocida en el juicio de rendición de cuentas (Expte. 083202/2011 e incidente 083202/2011/1).
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la inhibición del Juzgado Civil Nº 70 y se dispuso la tramitación de la presente causa ante el Juzgado Civil Nº 22 por conexidad con los autos "Balbi Raúl Horacio c/ Rivero Osvaldo Fernando s/ rendición de cuentas" (Expte.: 083202/2011).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Se entiende por conexidad la vinculación que existe entre dos o más procesos o pretensiones, derivada de la comunidad de uno o más de sus elementos, cuando, además de ser común el subjetivo, lo son otro u otros más (CNCiv., Sala A, de 6/7/88, D.J. 1989-1-247). A su vez, la conexidad apta para producir el desplazamiento de la competencia debe basarse en una identidad entre las distintas pretensiones, derivada de la causa, del objeto o de ambos elementos, o en la existencia de una íntima vinculación entre los asuntos, completando la figura la identidad de sujetos."
"En el caso, Raúl Horacio Balbi inicia un juicio por simulación contra Osvaldo Fernando Rivero y María Georgina Rivero con relación a la compraventa del inmueble de la calle Superí 1960 de esta Ciudad, la que -según refiere
- se realizó con el único objetivo de impedir el cobro de su acreencia que tiene origen en la rendición de cuentas en autos 'Balbi Raúl Horacio c/ Rivero Osvaldo Fernando s/ rendición de cuentas' (Expte.: 083202/2011 e incidente 083202/2011/1) en trámite ante el Juzgado Civil N°22."
"De lo expuesto surge que el objeto de este proceso se encuentra íntimamente relacionado con la satisfacción del crédito reconocido al actor en el juicio de rendición de cuentas, ya que la declaración de simulación aquí perseguida tiene como fin reincorporar al patrimonio del codemandado el inmueble que -aparentemente
- constituiría uno de los bienes susceptibles de ejecución en aquellas actuaciones."
"Por las razones expuestas, considero que existen razones de conexidad relevante que aconsejan el desplazamiento de la competencia a favor del Juzgado del fuero N° 22, para posibilitar una adecuada valoración de los antecedentes fácticos y jurídicos de ambos procesos."
- No hubo votos en disidencia registrados en el texto.
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