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CACERES, KARINA BEATRIZ Y OTROS c/ ALBANESE, MIGUEL ANGEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF.MEDICOS Y AUX.

Demanda por daños y perjuicios por mala praxis médica y muerte/lesiones graves de la paciente. La Cámara admitió parcialmente las quejas de la actora y la Defensora de Menores, elevó los montos indemnizatorios para daño material, moral e incapacidad psíquica y confirmó la mayor parte de la sentencia de grado y la tasa de interés, con ajuste del alcance de la cobertura aseguradora.

Mala praxis Anestesiologia Encefalopatia hipoxica Dano material (valor vida) Dano moral Incapacidad psiquica Tratamiento psicologico Tasa de interes Aseguradora Interes apelatorio


¿Quién es el actor?

K. B. C. (por derecho propio y en carácter de guardadora) y los menores S. G. G., N. S. y M. M. M.
- Demandados: Dr. Miguel Ángel Albanese; Dr. Víctor J. Castro Beltrán; Clínica Brandzen S.A.; OSECAC; Prudencia Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios por mala praxis médica derivada de complicaciones anestésicas y quirúrgicas ocurridas el 27/08/2013 que dejaron a E. A. V. en coma con encefalopatía hipóxica, posterior parálisis cerebral irreversible y fallecimiento el 04/08/2015; petición de rubros indemnizatorios (valor vida, daño moral, incapacidad psíquica, tratamientos).

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió parcialmente las apelaciones de la actora y de la Defensora de Menores; elevó los montos reconocidos en primera instancia a: $15.000.000 por daño material (valor vida) para cada uno de los menores; $30.000.000 por daño moral para cada menor; $12.500.000 por incapacidad psíquica para la coactora K. B. C.; $17.500.000 por incapacidad psíquica para cada menor; $8.640.000 por tratamiento psicológico para cada menor; confirmó la tasa de interés y lo demás decidido por el a quo; fijó criterios sobre la extensión de la condena a la aseguradora y condenó en costas al codemandado Castro Beltrán y a la aseguradora Prudencia. Se diferirá la regulación de honorarios hasta la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales de párrafos relevantes): 1) Peritaje médico (extracto): "La bradicardia, la hipotensión arterial, la hipoperfusión arterial sistémica, la hipoxemia y sobre todo a nivel de los hemisferios cerebrales son causa indiscutible de la parálisis cerebral sufrida por la actora" (considerando V, informe pericial y conclusiones). 2) Sobre la falta de consignas en la historia clínica y su incidencia: "Lo no escrito, lo ilegible condena, no libera" y "la falta de elementos en la historia clínica impide reconstruir de manera certera ... se impone poner en funcionamiento la presunción hominis que atribuye culpa al profesional -a quien incumbe desvirtuarla-" (considerando V, análisis de la pericia y valoración probatoria). 3) Propuesta dispositiva y monto: "propongo al Acuerdo: 1) Se admitan parcialmente las quejas vertidas por la parte actora y por la Sra. Defensora... i) se eleve a la suma de $ 15.000.000 ... ii) se eleve a la suma de $ 30.000.000 ... iii) se eleve a la suma de $ 12.500.000 ... iv) se eleve a la suma de $ 17.500.000 ... v) se eleve a la suma de $ 8.640.000 ... 2) Se confirme la tasa de interés... 3) Se disponga que la extensión de la condena a la aseguradora lo sea conforme lo resuelto..." (considerando X / Parte resolutiva).
- Disidencias: no hubo voto de disidencia; los tres jueces votaron en el mismo sentido.

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