VERGARA, JOSE LUIS c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La actora demandó por suplementos (suplemento por zona) contra la Caja de Retiros de la Policía Federal. La Cámara Federal de Córdoba concedió el recurso extraordinario por configuración de cuestión federal suficiente y desestimó las causales de arbitrariedad y gravedad institucional, disponiendo elevar el recurso a la Corte Suprema y recordando al juez de primera instancia sus obligaciones respecto del control de la Tasa de Justicia.
¿Quién es el actor?
VERGARA, JOSE LUIS.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Reclamo relativo a suplementos (Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad / Suplemento por Zona) y la interpretación/aplicación de normativa sobre esos suplementos (Decreto N° 380/2017, Ley N° 21.965 y concordantes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara concedió el recurso extraordinario interpuesto por la demandada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por existir cuestión federal suficiente en los términos del art. 14 de la Ley N° 48, y al mismo tiempo desestimó la admisión del recurso por las causales articuladas de arbitrariedad y gravedad institucional; además recordó al Juzgado de primera instancia la obligación de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia y la integración total de dicha tasa cuando corresponda.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"Ingresando al tratamiento de los agravios federales invocados por la recurrente, primeramente cabe señalar que se encuentran cumplidos conforme lo dispuesto por el art. 15 de la Ley N° 48, los requisitos que por su carácter autónomo el recurso requiere, es decir, un escrito que contenga un relato claro y preciso de los hechos relevantes del caso, la indicación de la cuestión debatida, como así también una crítica concreta y razonada de los fundamentos en que se basa la decisión del Tribunal (Fallos 303:1108)."
"Analizados los argumentos vertidos por la apelante, en cuanto a la cuestión federal invocada en autos, es menester destacar que entiendo que en la especie es procedente la concesión de los remedios intentados, desde que el caso base del mismo se configura en la interpretación y aplicación de normativa de índole federal que regula lo referido al Suplemento por Zona como el Decreto N° 380/2017, la Ley 21.965 y concordantes."
"Por otro lado, en relación a los argumentos vertidos por el recurrente respecto a la arbitrariedad invocada, los mismos no logran abrir la instancia extraordinaria, pues sólo evidencian discrepancias con el criterio empleado por el Juzgador en la apreciación de los diversos elementos de juicio incorporados al proceso y con la solución final adoptada, lo cual no basta para configurar la tacha de arbitrariedad que se alega; ello así por cuanto la doctrina de la arbitrariedad exige, entre otros requisitos, que para la habilitación de esta última instancia deba probarse una violación concreta a las garantías constitucionales y no la mera disconformidad del recurrente..."
"Igual resultado se estima en cuanto a la gravedad institucional invocada por la parte demandada, dado que no se advierte en la especie la concurrencia de dicha circunstancia, ya que sólo se discuten derechos patrimoniales que no exceden el interés de las partes, ni se proyectan sobre instituciones básicas del sistema republicano de gobierno, ni tampoco se trata de una cuestión que revista trascendencia jurídica o comunitaria."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido (la preopinante expuso y los otros dos votaron por "análogas razones").
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: