SHI, HAILAN s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
La solicitante pidió la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización. El Juzgado Federal de Córdoba 1 otorgó la ciudadanía por naturalización y emplazó a la interesada a identificarse en el plazo de un año, ordenando además las comunicaciones a Migraciones, RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SHI, HAILAN (peticionante de naturalización).
Demandado: No corresponde actor contra demandado; trámite de solicitud administrativo-jurisdiccional de Carta de Ciudadanía ante el Juzgado Federal.
Objeto: Otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina por naturalización a SHI, HAILAN; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951.
II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- Resolución dispositiva (transcripción íntegra):
"RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a “SHI, HAILAN\" con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar a la solicitante para que proceda a su identificación como argentina naturalizada en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley 17671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el expediente.
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