RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Maryuris Isabel Rodriguez Ahumada. El Juzgado Federal de Córdoba 1 otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, admitiendo que se acreditaron los extremos legales y ordenando la identificación de la interesada en el plazo de un año y las comunicaciones a migraciones, RENAPER y la Cámara Electoral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL (solicitante).
Demandado: Trámite administrativo de naturalización ante el Juzgado Federal (Estado/Nación como sujeto pasivo implícito del procedimiento).
Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (Expte N° FCB 9694/2024), con documentación que acredita nacimiento en Barranquilla, Colombia (30/11/1981), parentesco y demás datos personales, y DNI para extranjeros N° 94.512.655.
Decisión: Se hace lugar a la solicitud: se otorga la Ciudadanía Argentina a RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL; se emplaza a la solicitante a identificar su condición de argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; y se ordenan las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951.
II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
(No hubo votos en disidencia que consten en el expediente.)
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