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RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Maryuris Isabel Rodriguez Ahumada. El Juzgado Federal de Córdoba 1 otorgó la ciudadanía argentina por naturalización, admitiendo que se acreditaron los extremos legales y ordenando la identificación de la interesada en el plazo de un año y las comunicaciones a migraciones, RENAPER y la Cámara Electoral.

Ciudadania por naturalizacion Carta de ciudadania Ley 24.533 Identificacion Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Camara nacional electoral Tramite federal Otorgamiento Emplazamiento

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL (solicitante). Demandado: Trámite administrativo de naturalización ante el Juzgado Federal (Estado/Nación como sujeto pasivo implícito del procedimiento). Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización (Expte N° FCB 9694/2024), con documentación que acredita nacimiento en Barranquilla, Colombia (30/11/1981), parentesco y demás datos personales, y DNI para extranjeros N° 94.512.655. Decisión: Se hace lugar a la solicitud: se otorga la Ciudadanía Argentina a RODRIGUEZ AHUMADA, MARYURIS ISABEL; se emplaza a la solicitante a identificar su condición de argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; y se ordenan las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951. II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." (No hubo votos en disidencia que consten en el expediente.)

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