SEGNANE, CHEIKH s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización presentada por Cheikh Segnane. El Juzgado Federal otorgó la ciudadanía argentina, disponiendo la extensión de la Carta de Ciudadanía y ordenando las comunicaciones a Migraciones y al Registro Nacional de las Personas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SEGNANE, CHEIKH, DNI para extranjeros N° 96.308.774, nacido el 15/05/1984 en Ndiamakolong (Senegal).
Demandado: Estado nacional (actuación jurisdiccional respecto de la solicitud de naturalización).
Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, conforme Ley 346, art. 2 de la Ley N° 24.533 y modificatoria N° 24.951.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se otorgó la ciudadanía argentina a SEGNANE, CHEIKH con todos los derechos y deberes legales; se emplazó al solicitante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la resolución; se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional; y se disponen las demás formalidades de registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
"En virtud de lo expuesto, RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a SEGNANE, CHEIKH con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación. 2) Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435). 3) Ordenar las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional. 4) Regístrese, hágase saber y líbrense las comunicaciones de ley."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente analizado.
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