CASORIA, LUCAS ANDRES c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEG. PSA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Apelación de la demandada contra la regulación de honorarios y la actualización de la base de cálculo. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia apelada, rechazó los agravios sobre la inclusión de intereses y aportes en la base regulatoria y mantuvo la adición de interés conforme la tasa pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
Lucas Andrés Casoria (actor demandante).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad / Policía de Seguridad Aeroportuaria (parte demandada).
- Objeto de la demanda: Régimen de suplementos / reclamo por diferencias y la consecuente regulación de honorarios profesionales y liquidación de montos (planillas) devengados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de fecha 10 de abril de 2026 dictada por el Juzgado Federal Subrogante N°1 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravios; impuso las costas de la instancia al recurrente perdidoso; reguló honorarios para la Dra. Irene Liliana Ortega en 5 UMA por el incidente y no reguló honorarios para la Dra. Paola Vanesa Gomez por ser profesional a sueldo; además recordó al a quo las obligaciones de control de la Tasa de Justicia y demás medidas procesales indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "en atención a la existencia de criterios jurisprudenciales divergentes y contradictorios en relación a la integración de la base económica que debe tenerse en cuenta a los fines de la regulación de honorarios, este Tribunal mediante fallo plenario resolvió -por mayoría
- con fecha 30 de noviembre del año 2016 disponer que los intereses, aportes y contribuciones reconocidos a los actores en sentencias sí integran la base económica del juicio a los fines de efectuar la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes (ver Sentencia Plenaria dictada en autos: 'Medina Francisco Darío c/ Estado Nacional (P.F.A.) S/ Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad' – Expte. N° 13130018/2006)".
2) "En consecuencia, lo resuelto en la sentencia apelada es acertado en cuanto se ordena adicionar a los emolumentos regulados el interés definido por la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el B.C.R.A., desde la fecha de confección de la planilla acompañada por el organismo de los organismos, hasta el día del efectivo pago de los mismos, por lo que corresponde rechazar el presente agravio."
3) Voto decisorio del preopinante: "propugno confirmar la sentencia de fecha 10 de abril de 2026 dictada por el señor Juez Federal Subrogante N° 1 de Córdoba. Las costas de esta instancia se imponen al recurrente perdidoso atento el principio objetivo de la derrota (art. 68, 1ra parte del CPCCN), regulándose los honorarios de la Dra. Irene Liliana Ortega ... en la cantidad de 5 UMA (art. 16 de la Ley N° 27.423). No regulando honorarios a la representante legal de la parte demandada Dra. Paola Vanesa Gomez, atento ser profesional a sueldo de su mandate, conforme lo dispuesto por el art. 2 de la Ley Nº 27.423. ASI VOTO."
- Disidencias: No hay disidencia relevante; la Sra. Juez Montesi votó en idéntico sentido al voto preopinante.
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