GRASSETTI, GABRIEL OSCAR c/ SMITH KANE, SABRINA s/LIQUIDACION DE REGIMEN DE COMUNIDAD DE BIENES
Liquidación de comunidad de bienes y reclamos por rendición de cuentas y canon locativo. La Cámara modificó la sentencia en cuanto a la obligación de rendir cuentas y al cómputo del canon locativo (con los alcances del considerando VI, apartados f) e i)), y confirmó la restante parte del pronunciamiento, incluida la condena en costas impuesta a la demandada reconviniente.
¿Quién es el actor?
Gabriel Oscar Grassetti.
- Demandada: Sabrina Smith Kane (además reconviniente en sus propias pretensiones).
- Objeto de la demanda: liquidación de régimen de comunidad de bienes; acción de rendición de cuentas; fijación de canon locativo por uso exclusivo y cobro de alquileres; peticiones reconvencionales (recompensas por aportes, pago de deudas por U$S 17.000, atribución de la vivienda familiar, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de grado únicamente en lo relativo a la obligación de rendir cuentas y a la fijación del canon locativo, con el alcance fijado en los apartados f) e i) del considerando VI; se confirmó la condena en costas de grado (aclarando que las costas de demanda y reconvención se impongan a la demandada reconviniente); se confirmó la sentencia en todo lo demás objeto de apelación; se impusieron las costas de alzada en el orden causado; y se diferirá el tratamiento de recursos contra las regulaciones de honorarios hasta la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la rendición de cuentas y canon locativo: "La acción aquí intentada por el actor
- rendición de cuentas
- tiene su fundamento en lo prescripto por el artículo 485 del Código Civil y Comercial... El copropietario que los percibe debe rendición de cuentas, y el que tiene el uso o goce exclusivo de alguno de los bienes indivisos debe una compensación a la masa desde que el otro la solicita." (considerando VI, apartado i).
2) Respecto del cómputo temporal del canon: "A efectos de zanjar esta cuestión... el actor circunscribió su petición de fijación de canon locativo a establecerse desde el mes de septiembre de 2021... por lo cual, despejando toda duda, no cabe sino concluir que la fijación del canon locativo en favor del reclamante deberá ser calculado desde el mes de septiembre de 2021 en adelante y hasta el momento de finalización de la locación de la vivienda en curso." (considerando VI, apartado i).
3) Síntesis dispositiva propuesta y acordada: "En síntesis, para el caso de que mi voto fuere compartido, propongo al Acuerdo: 1) modificar la sentencia en cuanto a la obligación de rendir cuentas y fijación del canon locativo con el alcance de lo dispuesto en los apartados f) e i) del considerando VI de la presente; 2) confirmar el pronunciamiento de grado respecto de la condena en costas allí dispuesta...; 3) confirmar la sentencia en todo lo demás..." (considerando IX).
- Disidencias: No registradas; los tres votos adhieren a la solución propuesta por la Dra. Sorini.
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