RUBINO, VANINA ALEJANDRA c/ OSDE s/INCUMPLIMIENTO DE PRESTACION DE OBRA SOCIAL/MED. PREPAGA
La actora demandó a OSDE por la denegatoria de cobertura de una cirugía (abdominoplastia con plicatura de rectos y hernioplastia umbilical) y solicitó reintegro y daños por $180.000. El Juzgado rechazó la nulidad de la pericia, valoró el dictamen pericial que calificó la abdominoplastía como cirugía estética y, en consecuencia, desestimó la demanda, imponiendo costas en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: V. A., R. (actora afiliada a OSDE).
Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
Objeto: Reclamo por incumplimiento de prestación de obra social / prepagada; cobertura total (100%) y reintegro por cirugía (abdominoplastia con plicatura de rectos y hernioplastia umbilical), más daños materiales ($30.000), daño moral ($50.000) y daño psicológico ($100.000).
Decisión: Se rechazó la nulidad de la pericia y se desestimó la demanda promovida por V. A., R., contra OSDE; se impusieron las costas en el orden causado y se diferió la regulación de honorarios hasta que la sentencia adquiera firmeza. (Corresponde a la solución mayoritaria y definitiva del pronunciamiento).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por ello, para que una impugnación sea válida, no basta con una discrepancia subjetiva, sino que debe fundarse en razones concretas, como la falta de competencia del experto o la existencia de errores técnicos o científicos en su labor. De lo contrario, cualquier persona sin los conocimientos especializados necesarios podría cuestionar el trabajo de quien, justamente, ha sido designado por su idoneidad en la materia.
Precisamente, para garantizar un debate técnico de igual nivel, el artículo 458, último párrafo, del Código Procesal permite a las partes designar consultores técnicos. En consecuencia, toda impugnación debe actuar como una "contrapericia": no puede limitarse a expresar pareceres subjetivos o argumentos genéricos, sino que debe ofrecer una explicación técnica o científica sólida. Aunque un cuestionamiento pueda parecer lógico, carecerá de eficacia si no se respalda en fundamentos técnicos verificables o en otros elementos probatorios serios incorporados al proceso.
Así las cosas, y siendo que el experto debía brindar claridad en torno a la cirugía objeto de autos –cuestión que considero ha hecho, demostrando su experticia-, corresponde rechazar el reproche formulado por la accionante."
"De modo que, en este contexto, ante la ausencia de elementos probatorios sustanciales que posibiliten determinar que la conducta de la demandada pueda ser calificada como arbitraria e ilegítima y al tenor del dictamen pericial referido -tras efectuar un amplio análisis de los elementos aportados y un detallado examen físico-, no es posible aseverar que la conducta desplegada por OSDE no se ajustara a derecho, motivo por el cual, considero que debe desestimarse la demanda intentada por la accionante."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en la presente sentencia.
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