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AGUERO ITURBE, JOSE LUIS c/ EN-PROCURACION GENERAL DE LA NACION s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor impugnó la inclusión en el impuesto a las ganancias de rentas de magistrados y funcionarios nombrados a partir de 2017 y la reglamentación de la Procuración (Res. PGN 16/2019). La Cámara desestimó los agravios del Ministerio Público Fiscal y de la AFIP y confirmó la solución favorable al actor, por entender que la reglamentación aplicativa resultó insuficiente y produjo un trato discriminatorio; distribuyó las costas en el orden causado.

Accion declarativa de inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Ley 27.346 Res. pgn 16/2019 Igualdad Razonabilidad Procedimiento contencioso administrativo Afip Procuracion general de la nacion Costas


¿Quién es el actor?

José Luis Agüero Iturbe.

¿A quién se demanda?

Procuración General de la Nación (Ministerio Público Fiscal). Tercero citado: Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP/ARCA).
- Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el inciso a) del artículo 5° de la ley 27.346 (modificación del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias) por haber incluido en el gravamen a magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público de la Nación "cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive", y cuestionamiento de la reglamentación/Protocolo (Res. PGN 16/2019) aplicada al actor.

¿Qué se resolvió?

Desestimar los agravios interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la AFIP respecto de la apelación; en consecuencia, se mantiene la solución favorable al actor (tal como resulta del pronunciamiento analizado) y se distribuyen las costas en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En efecto: —Se configura una controversia concreta en torno al alcance de dicha norma, cuyos efectos son resistidos por el actor, quien le atribuye ilegitimidad y lesión a las garantías y principios consagrados en los artículos 14 bis, 16, 31 y 120 de la Constitución Nacional..." (considerando VIII). "En suma, no corresponde, en el caso, practicar retenciones en concepto de impuesto a las ganancias sobre las remuneraciones que percibe el actor por su desempeño como fiscal general adjunto." (considerando XX). "No es necesario acudir a la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.346 que modificó la ley del impuesto a las ganancias, sino tan sólo de considerar la insuficiencia de la reglamentación emitida por la Procuración General de la Nación que fijó las pautas de procedimiento para la retención del impuesto a las ganancias sobre las remuneraciones de los magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal nombrados a partir del año 2017." (considerando XXI).
- Disidencias: No se registra voto en disidencia relevante en el acuerdo; la jueza Heiland adhirió al voto que integra el acuerdo.
- Remarcas procesales: La Sala declaró admisible la vía (art. 322 CPCCN) y entendió que las modificaciones posteriores en la ley del gravamen (Decreto 473/2023 y ley 27.725) no tornaron la cuestión abstracta, pues afectaron aspectos patrimoniales sin modificar el tratamiento otorgado por el empleador ni la reglamentación impugnada.

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