IUSUPOVA, ZULFIIA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización: el Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina a Zulfiiia Iusupova. La sentencia concluyó que se acreditaron fehacientemente los antecedentes e identidad exigidos por la normativa vigente y ordenó la identificación y las comunicaciones administrativas correspondientes.
¿Quién es el actor?
IUSUPOVA, ZULFIIA (nacida 26/09/1985, Documento Nº 96.404.392).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (a efectos prácticos, trámite de naturalización contra la normativa administrativa y Registro/Direcciones competentes).
- Objeto de la demanda: Solicitud de Carta de Ciudadanía y otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización.
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Iusupova, con los derechos y deberes que las leyes imponen, previo juramento; se emplazó a la interesada a identificarse como argentina naturalizada en el plazo de un año para la extensión de la Carta de Ciudadanía; y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"1°.
- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591."
"2°.
- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
- Fechas y firma: Sentencia de fecha 23/06/2026, firmada por el Juez Federal de 1ª Instancia ALEJANDRO SANCHEZ FREYTES.
- Observación sobre la ejecución: se apercibe a la interesada conforme art. 35 de la Ley 17671 (modif. por Leyes 20.974 y 22.435) en caso de incumplimiento del emplazamiento para identificación.
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