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FICINI, EDUARDO FLAMINIO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

Demanda contra ANSeS por reajuste de haberes previsionales y diferencias retroactivas. Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa y se ordenó a ANSeS recalcular la PBU, la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia, pagar las diferencias con intereses y abstenerse de aplicar impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.

Anses Reajustes previsionales Prestacion basica universal Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Diferencias retroactivas Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad art. 24 ley 24.241 Tasa pasiva promedio Prescripcion (art. 82 ley 18.037)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Actor identificado en autos (FICINI, EDUARDO FLAMINIO) representado por el Dr. Santiago Eloy Córdoba. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia) y pago de diferencias retroactivas por error en cálculo; se cuestionó la constitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241 y 24.463) y se solicitó que no se apliquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre las diferencias retroactivas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada y se ordenó a ANSeS que, una vez firme la sentencia, recalcule la PBU, la P.C. y la P.A.P. conforme las pautas y períodos fijados en el considerando; abone íntegramente las diferencias retroactivas correspondientes con intereses (Tasa Pasiva Promedio del BCRA) por el período no prescripto conforme art. 168 Ley 24.241 y art. 82 Ley 18.037; y se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre las retroactividades y sobre los haberes a percibir. Además declaró la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 en los alcances indicados y de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609, impuso las costas a la demandada y diferirió regulación de honorarios para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales): 1) "Por consiguiente, y adhiriendo a los fundamentos expuestos por la Corte Suprema, corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor previo a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones." 2) "De ello se desprende la necesidad de actualizar las remuneraciones históricas de los beneficiarios que cesaron con posterioridad al 31 de marzo de 1991, a fin de cumplir lo dispuesto por los arts. 24 y 30 de la Ley 24.241... Por consiguiente, este Tribunal adhiere a lo resuelto por el Máximo Tribunal respecto del índice a emplear para el recálculo de los haberes previsionales." 3) "La doctrina sentada en el referido fallo [García, María Isabel]... dio lugar al inicio masivo de demandas con pretensiones análogas... Por ello, conforme lo expuesto, corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la parte resolutiva final es la que se ejecuta.

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