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Legajo Nº 48 - IMPUTADO: ACEVEDO, ANGEL ABEL s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

Petición de libertad condicional formulada por la defensa de Ángel Abel Acevedo por su incorporación al régimen preparatorio. La Cámara Federal rechazó la incorporación al periodo de libertad condicional por aplicación de la Ley 27.375 y ordenó remitir informe técnico-criminológico urgente para evaluar su acceso al Régimen Preparatorio, además de intimar el pago de la multa de $520.000.

Libertad condicional Regimen preparatorio Ley 27.375 Ley 24.660 Trafico de estupefacientes Multa $520.000 Informe tecnico-criminologico Rechazo Ejecucion penal Tribunal federal de juicio n?3

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa técnica del Sr. Ángel Abel Acevedo (Dr. Leopoldo Lisandro Monteil), solicitando la incorporación al periodo de libertad condicional. Demandado: Tribunal Federal de Juicio N°3 de Rosario (petición dirigida al tribunal; se corrió vista al Ministerio Público Fiscal). Objeto: Incorporación de Ángel Abel Acevedo al período de libertad condicional y, subsidiariamente, evaluación de progresividad en la ejecución de la pena. Decisión: Se rechazó el pedido de incorporación al periodo de libertad condicional; se requirió a las autoridades penitenciarias notificar al condenado y remitir, con carácter urgente, un informe técnico-criminológico completo para evaluar su incorporación al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quáter, Ley 24.660); y se intimó al pago de la multa impuesta en la Sentencia N°40/2025 por $520.000, con posibilidad de proponer plan de pagos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "En punto a resolver lo solicitado por la defensa técnica, de inicio se impone señalar que, en el marco del expediente principal, Ángel Abel Acevedo ha sido condenado como partícipe secundario del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por la intervención organizada de 3 o más personas, a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de 40 unidades fijas (equivalente a $520.000), e inhabilitación absoluta por igual tiempo al de la condena..." "En dicha oportunidad... se le impuso al nombrado la pena única de cuatro (4) años y tres (3) meses de prisión, multa de 40 unidades fijas (equivalente a $520.000), e inhabilitación absoluta por igual término al de la condena (art. 27 y 58 del C.P.)." "Es claro, conforme el criterio asumido, que a partir del principio republicano de gobierno... es tarea del legislador articular los lineamientos generales de la política criminal... Ello se traduce, en función a lo normado por el art. 56 bis inc. 10) de la ley 24.660 según ley 27.375, al presente caso, en la prohibición de acceso por parte de Ángel Abel Acevedo a los institutos referidos." "La nueva redacción del artículo 30 de la ley 27.375 estableció que los condenados por los delitos -entre otros
- previstos en los artículos 5º, 6º y 7º de la ley 23.737 no podrán acceder a los beneficios comprendidos en el período de prueba..." "Por lo expuesto, RESUELVO: I) Rechazar el pedido de incorporación al periodo de libertad condicional articulado en favor del Sr. Ángel Abel Acevedo, DNI 37.815.131. II) Requerir a las autoridades penitenciarias... remitan con carácter de urgente trámite, un informe técnico-criminológico completo... III) Intimar al condenado al pago de la multa impuesta en la Sentencia N°40/2025 por la suma allí establecida, de pesos quinientos veinte mil ($520.000)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el acuerdo final.

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