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PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Marina Gladiz Pérez Janko. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y emplazó a la solicitante a identificarse en el plazo de un año, ordenando además las comunicaciones a Migraciones, el RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.

Ciudadania Naturalizacion Carta de ciudadania Identidad Ley 24.533 Ley 24.951 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado federal Emplazamiento

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ (solicitante de Carta de Ciudadanía). Demandado: Estado Nacional (administración pública competente en materia de migraciones y registro civil), por trámite de naturalización (no consta adversario particular). Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Mariposas, Cochabamba, Bolivia, el 23/03/1986, y demás requisitos personales y de identidad. Decisión: Se otorgó la Ciudadanía Argentina por naturalización a PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para la emisión de la Carta de Ciudadanía; se ordenaron comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral; y se libraron las comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." "II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." "RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación." (No hubiere votos en disidencia en el expediente analizado.)

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