PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Marina Gladiz Pérez Janko. El Juzgado Federal de Córdoba otorgó la ciudadanía argentina por naturalización y emplazó a la solicitante a identificarse en el plazo de un año, ordenando además las comunicaciones a Migraciones, el RENAPER y la Cámara Nacional Electoral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ (solicitante de Carta de Ciudadanía).
Demandado: Estado Nacional (administración pública competente en materia de migraciones y registro civil), por trámite de naturalización (no consta adversario particular).
Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Mariposas, Cochabamba, Bolivia, el 23/03/1986, y demás requisitos personales y de identidad.
Decisión: Se otorgó la Ciudadanía Argentina por naturalización a PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ; se la emplazó a identificarse como argentina naturalizada dentro del plazo de un año para la emisión de la Carta de Ciudadanía; se ordenaron comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral; y se libraron las comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"I) Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad de la peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
"II) Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
"RESUELVO 1) Otorgar la Ciudadanía Argentina a PEREZ JANKO, MARINA GLADIZ, con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne de lealtad a su Constitución y Legislación."
(No hubiere votos en disidencia en el expediente analizado.)
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