FLORES, HUMBERTO ADRIAN c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/AMPARO LEY 16.986
Acción de amparo por jubilación por invalidez contra ANSeS solicitando la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 460/99. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y ordenó a ANSeS emitir nueva resolución otorgando la jubilación por invalidez desde la fecha de solicitud y el pago de haberes retroactivos, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por $1.962.240.
¿Quién es el actor?
Flores, Humberto Adrián.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para obtener la jubilación por invalidez, declarar la inconstitucionalidad del Decreto 460/99 y dejar sin efecto la resolución administrativa de fecha 06/05/2026 que denegó el Retiro Transitorio por Invalidez; petitorio de pago de capitales, retroactivos, intereses y accesorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a ANSeS que emita nueva resolución concediendo la prestación de jubilación por invalidez conforme arts. 95, 53 y cc. de la ley 24.241, disponiendo el pago de los haberes desde la fecha de solicitud del beneficio; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios a favor de la actora en $1.962.240; no se fijó tasa de justicia por exención legal; se recordó el cumplimiento de aportes previsionales y colegiales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Que, las circunstancias descriptas, se configuran en el sub lite, toda vez que la dilucidación de la controversia sometida a decisión judicial es de puro derecho ya que sólo requiere la confrontación de la norma impugnada con otras de superior jerarquía, en una tarea interpretativa, consustancial a la actividad del Poder Judicial. Es por lo expuesto con anterioridad que se considera ajustada a derecho la vía intentada por el accionante."
"Que si bien la situación de autos no encuadra dentro de las previsiones del dec. 460/99, la pacifica jurisprudencia ha sostenido que los decretos 1120/94, 136/94 y 460/99 no han agotado todas las situaciones susceptibles de configurarse en torno al art. 95, de modo que corresponde al juzgador establecer en cada caso las soluciones que conjuguen la verdad jurídica objetiva con el principio de justicia... debiendo tener principalmente en consideración las naturaleza alimentaria de las prestaciones, y estando orientada en función de la protección del individuo ante las contingencia sociales."
"Tal sería el caso de los Decretos 1120/94, 136/97 y 460/99 respecto del art. 95 de la ley 24.241 en lo que hace a la fecha a partir de la cual deben calcularse los plazos fijados, lo que llevó a la pacífica jurisprudencia a declarar la inconstitucionalidad del art. 460/99, al privilegiar una pauta temporal por sobre por sobre el derecho constitucional de acceder a los beneficios previsionales."
"En consecuencia, debe revocarse la Resolución dictada por Anses con fecha 30/01/2026, bajo Expediente N° 024-20-17386316-1-005-000001 y ordenar a la misma que emita una nueva resolución concediendo a la actora la prestación de jubilación por invalidez... y se le hagan efectivos los haberes correspondientes a partir de la fecha de solicitud del beneficio."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la pieza analizada; la parte resolutiva es firma y decisión del Juez de 1ra instancia.
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