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BRANCHI BELLORIN, PABLO SAMUEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA

Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Pablo Samuel Branchi Bellorin. El Juzgado Federal de Córdoba 1 otorgó la ciudadanía argentina al peticionante, considerando acreditados sus antecedentes e identidad conforme la Ley 346 y el Art. 2 de la Ley 24.533 y su modificatoria, y emplazó al interesado a identificarse como naturalizado en el plazo de un año.

Naturalizacion Ciudadania argentina Ley 346 Ley 24.533 Identificacion Carta de ciudadania Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Tramite administrativo-judicial Juzgado federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BRANCHI BELLORIN, PABLO SAMUEL (solicitante de Carta de Ciudadanía por naturalización). Demandado: No corresponde (procedimiento de solicitud de naturalización ante el Juzgado Federal). Objeto: Otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Bolívar, Venezuela (04/08/1989), identidad y demás requisitos legales. Decisión: Se otorgó la Ciudadanía Argentina a Pablo Samuel Branchi Bellorin con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne; se emplazó al solicitante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): I) "Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951." II) "Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente." Además, la parte resolutiva ordena: "Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435)." (No hubo votos en disidencia consignados en el expediente.)

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