BRANCHI BELLORIN, PABLO SAMUEL s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización presentada por Pablo Samuel Branchi Bellorin. El Juzgado Federal de Córdoba 1 otorgó la ciudadanía argentina al peticionante, considerando acreditados sus antecedentes e identidad conforme la Ley 346 y el Art. 2 de la Ley 24.533 y su modificatoria, y emplazó al interesado a identificarse como naturalizado en el plazo de un año.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BRANCHI BELLORIN, PABLO SAMUEL (solicitante de Carta de Ciudadanía por naturalización).
Demandado: No corresponde (procedimiento de solicitud de naturalización ante el Juzgado Federal).
Objeto: Otorgamiento de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización, acreditando nacimiento en Bolívar, Venezuela (04/08/1989), identidad y demás requisitos legales.
Decisión: Se otorgó la Ciudadanía Argentina a Pablo Samuel Branchi Bellorin con todos los derechos y deberes que las leyes acuerdan e imponen, previo juramento solemne; se emplazó al solicitante a identificarse como argentino naturalizado en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones pertinentes a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
I) "Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley N° 24.533 y su modificatoria N° 24.951."
II) "Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal Federal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía Argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
Además, la parte resolutiva ordena: "Emplazar al solicitante para que proceda a su identificación como argentino naturalizado en el plazo de un año, a cuyo fin se extenderá Carta de Ciudadanía y fotocopia certificada de la presente Resolución bajo apercibimiento de ley (art. 35 de la Ley671 modificada por la Leyes 20.974 y 22.435)."
(No hubo votos en disidencia consignados en el expediente.)
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