FERNANDEZ ESPINDOLA, HERMA Y OTRO c/ VILLALBA SANCHEZ, GUSTAVO ARIEL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demandantes reclamaron indemnización por muerte e incapacidad psíquica derivada de accidente de tránsito. La Cámara modificó la sentencia: hizo extensiva la condena a Liderar Compañía General de Seguros S.A. (art. 118 Ley 17.418), declaró inoponible la limitación de cobertura y aumentó los montos por daño moral y tratamiento psíquico para las actoras.
¿Quién es el actor?
Herma Fernández Espíndola y su hija menor G. H. B. F. (accionantes).
¿A quién se demanda?
Gustavo Ariel Villalba Sánchez (responsable) y, en garantía, Liderar Compañía General de Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios (muerte del Sr. Sixto Ramón Báez Benítez ocurrido el 8/07/2021), con liquidación de rubros: valor vida, incapacidad sobreviniente, daño moral y tratamientos psicológicos futuros; y oposición de excepción de falta de legitimación pasiva por parte de la aseguradora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada para: a) desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva y hacer extensiva la condena a Liderar Compañía General de Seguros S.A. en los términos del art. 118 de la ley 17.418, sin que pueda hacer valer la limitación de cobertura prevista en la póliza; b) elevar el daño moral y el tratamiento psíquico futuro de Herma Fernández Espíndola a $12.000.000 y $780.000, respectivamente; c) incrementar la indemnización por daño moral y terapia psicológica futura de la niña G. H. B. F. a $15.000.000 y $780.000, respectivamente; confirmar la sentencia de grado en lo demás; imponer costas de alzada en el orden causado; y diferir la adecuación de honorarios hasta la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del decisorio):
1) Voto conjunto que refleja la decisión final (parte resolutiva ya transcripta en la sección 0): "se resuelve: 1) Modificar la sentencia apelada en cuanto: a) desestimar la excepción de falta de legitimación pasiva y hacer extensiva la condena a “Liderar Compañía General de Seguros S.A.” en los términos del art. 118 de la ley 17.418, sin que pueda hacer valer limitación de cobertura convenida en la póliza, e imponer las costas generadas por el trámite de la presente incidencia a cargo de la vencida (arts. 68, primer párrafo y 279, CPCCN), b) elevar las sumas concedidas a Herma Fernández Espíndola...”
2) Del voto del Dr. José Benito Fajre (fundamental en la mayoría sobre legitimación y nulidad de cláusula): "En síntesis y en atención a lo dispuesto precedentemente, propongo al acuerdo modificar la sentencia de grado y hacer extensiva la condena a Liderar Compañía General de Seguros S.A. en los términos del art. 118 de la ley 17.418 pero declarando nula la cláusula limitativa de la cobertura." y "El seguro contratado en tales condiciones equivale prácticamente a la inexistencia de cobertura... Esta cláusula desnaturaliza el contrato de seguro, por cuanto conlleva un apartamiento injustificado del derecho positivo."
3) Del voto de la Dra. Marisa Sandra Sorini (adhesión mayoritaria a la extensión de la condena y nulidad de la limitación): "Razones de carácter análogo llevan a la Suscripta a adherir a la justa solución del conflicto propuesta por el Dr. Li Rosi, excepto lo atinente a la excepción de falta de legitimación pasiva por falta de seguro y la extensión de la condena a su cargo, cuestiones a las que adhiero a lo resuelto por el Dr. Fajre... en definitiva, arribo por otros fundamentos al mismo resultado, esto es, hacer extensiva la condena a Liderar Compañía General de Seguros S.A. sin que pueda hacer valer límite alguno convenido en la póliza. Así lo voto."
- Disidencias relevantes: La parte dispositiva surge por mayoría. En el voto inicial el Dr. Ricardo Li Rosi había propuesto, en variados puntos, confirmar la admisión de la excepción de falta de legitimación pasiva; no obstante ello, el Acuerdo mayoritario resolvió desestimar la excepción y extender la condena a la aseguradora conforme la parte resolutiva final.
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