YIN, YUJIAO s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitante de naturalización pidió ratificación de su Carta de Ciudadanía; el Juzgado Federal 1 de Córdoba otorgó la Ciudadanía Argentina por naturalización. El juez consideró acreditada la residencia continua de dos años, la edad exigida, la ausencia de antecedentes y la publicación de edictos y audiencia testimonial, y ordenó las comunicaciones administrativas pertinentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: YIN, Yujiao (solicitante de Carta de Ciudadanía por naturalización), con DNI 18.862.199.
Demandado: No hay parte demandada en sentido tradicional; trámite de naturalización ante el Juzgado Federal (actuaciones administrativas-judiciales vinculadas a naturalización).
Objeto: Otorgamiento/ratificación de la Carta de Ciudadanía Argentina por naturalización iniciada el 07/08/2006 y con sentencia anterior de 03/12/2007 cuya tramitación había sido dejada sin efecto en expediente penal relacionado con comprobación de falsedad ideológica.
Decisión: Se hace lugar a la solicitud y se otorga la Ciudadanía Argentina a YIN YUJIAO con todos los derechos y deberes; se la emplaza a identificarse como argentina naturalizada dentro de un año; se ordenan las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional; y que se registren y notifiquen las comunicaciones de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"I) Que con fecha 12/10/2021 comparece nuevamente la actora con el patrocinio letrado del Dr. Diego Martínez Tagle, solicitando la ratificación de su Carta de Ciudadanía.
II) Que en el proveído de fecha 20/10/2021, se ordena el rehace de los autos, teniendo en consideración que los mismos nunca habían sido conformados, atento a lo informado en el requerimiento elevado por el Sr. Fiscal Federal en los autos caratulados 'Borneo, Olga Liliana p.s.a. falsedad ideológica' (Expte. n° 91012502/2012/TO1); y se dispone la continuación de la causa, con el fin de concluir el trámite de naturalización solicitado, cumpliendo con todas las prerrogativas dispuestas por la Ley 346 y demás leyes complementarias, conforme los lineamientos previamente expresados por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba...
III) En consecuencia, la presentante ha acreditado su residencia continua de dos años en el país y el extremo de la edad exigida por la citada ley en Art. 2° inc. 1°; además, de los informes producidos por la Excma. Cámara Nacional Electoral, por Interpol, por el Registro Nacional de Reincidencia, por la Dirección Nacional de Migraciones, por el Registro Nacional de las Personas y por la División Trámites Judiciales de la Policía Metropolitana de C.A.B.A., según constancias obrantes en el Sistema de Gestión de expedientes LEX100, resulta que la solicitante no registra antecedentes penales, goza de buena conducta y tiene medios de subsistencia. Asimismo, y en cumplimiento de lo prescripto por el art. 2° de la ley 24.543 acompaña constancia de la publicación de edictos con fecha 14/05/2026 y de la audiencia testimonial del 03/06/2026.
IV) Por ello procede conceder a la Sra. YUJIAO YIN la Carta de Ciudadanía Argentina por Naturalización, criterio compartido por el Sr. Fiscal Federal en su dictamen del día 25/06/2026, con todos los efectos prerrogativas y deberes que establece la normativa vigente."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; resolución de primera instancia firmada por el Juez de Primera Instancia Dr. Carlos Arturo Ochoa.
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