SILVANI, SILVANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Silvana Silvani demandó a ANSeS por reajustes de haberes y diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 para diferir su análisis a la etapa de ejecución y declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios ante la alzada en un 30%.
¿Quién es el actor?
SILVANI, Silvana.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales; pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 1 ley 27.609 y artículo 3 del DNU 157/2018), intereses y regulación de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, sala B, confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, revocó lo resuelto respecto del artículo 1 de la ley 27.609 y diferió su tratamiento para la etapa de ejecución, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de la instancia a la demandada sustancialmente vencida (art. 36 ley 27.423) y reguló los honorarios ante la alzada en el 30% de lo que se regule en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes 'MULLER' y 'GOTTIG'. II) Revocar lo resuelto en relación al artículo 1 de la ley 27.609 y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución según lo establecido en el Considerando 6°). III)Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423. IV) Regular los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia a los profesionales de la parte."
Además, en los fundamentos de la mayoría se expresa:
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
Sobre costas y aplicación del art. 36 ley 27.423:
"Corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Disidencia relevante: El Dr. Aníbal Pineda manifestó su discrepancia en lo relativo al tratamiento de la movilidad y remitió a lo resuelto en autos "MORAS, Camilo Ángel", oponiéndose a la solución mayoritaria respecto de la movilidad y remitiéndose a su voto en "MAS, MABEL GLADIS". Esa posición quedó en disidencia frente al acuerdo mayoritario que figura en la parte resolutiva final.
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