LUNGO, SUSANA DELFINA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber jubilatorio y el pago de retroactivos. El Juzgado Federal admitió la acción, ordenó a ANSES recalcular y liquidar el haber inicial y los reajustes dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153, declaró inconstitucionales diversas normas (art. 7 inc.2 ley 24.463; arts. 23 c), 79 c), 81 y 90 ley 20.628; art. 21 ley 24.463; y la fórmula de movilidad de la ley 27.609) y eximió de retención de Impuesto a las Ganancias los retroactivos y el haber reajustado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sra. Susana Delfina Lungo, por medio de su apoderado Dr. Fernando Matías Viera.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), representada por el Dr. Alejandro Suárez.
Objeto: Reajuste del haber jubilatorio, determinación del haber inicial y pago de retroactivos; se planteó asimismo la inconstitucionalidad de varias normas (art. 7, 16, 17, 21, 22 y 23 de la ley 24.463; artículos de otras leyes y la fórmula de movilidad de la ley 27.609).
Decisión: Se hizo lugar a la acción; se ordenó a ANSES que determine el haber inicial de la jubilada, reajuste el haber previsional y practique las liquidaciones respectivas dentro del plazo del art. 2 de la ley 26.153; la tasa de interés aplicable a las diferencias será la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; se declararon inconstitucionales el art. 7 inc.2 de la Ley 24.463; los arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 (por lo que los retroactivos y el haber reajustado quedarán exentos de retención del Impuesto a las Ganancias); se declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609 y del art. 21 de la ley 24.463; se impusieron las costas a ANSES y se difirió la regulación de honorarios del letrado de la actora para el cumplimiento de sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (texto del fallo, párrafos y citas seleccionadas):
1) "Que, siendo que para el cálculo de la Prestación compensatoria ... de ser el caso de que de las constancias administrativas surgiera que el actor realizó aportes con anterioridad al 15 de Julio de 1994 por más de 35 años, corresponderá estarse a lo dispuesto por la CSJN en autos 'Barrios, Idilio Anelio c/ Administración nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes varios', sentencia de fecha 21/08/2013."
2) "Que... la CSJN en autos 'Elifff Alberto José c/Anses –reajustes varios-' de fecha 11-8-09 ordenó reajustar las remuneraciones tenidas en cuenta a los fines del cálculo de la P.C. y P.A.P, con arreglo al índice que señala la resolución de Anses 140/95 ... sin la limitación temporal que esta impone."
3) Sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609: "Por tales motivos, corresponde declarar la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista por la ley 27.609, no correspondiendo su aplicación a la hora de reajustar el haber de la parte actora." El tribunal fundamenta en la protección del art. 14 bis CN, la naturaleza sustitutiva de las prestaciones y la necesidad de que la movilidad no conduzca a reducciones confiscatorias.
4) Respecto del Impuesto a las Ganancias: se cita a la CSJN en "GARCIA, MARIA ISABEL C/AFIP ..." y se concluye: "Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c); 79, inc c); 81 y 90 de la ley 20.628 ... quedarán exentas de retención de Impuesto a las Ganancias a las sumas que correspondiere abonar al accionante en concepto de retroactivo..."
- Disidencias: no se advierte voto en disidencia; la parte resolutiva es dictada por el Juez de 1ra instancia Carlos Arturo Ochoa y constituye la decisión del Tribunal en este expediente.
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