Logo

ESCUDERO, RAMON ALBERTO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Escudero demandó a la ANSES solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y el pago de diferencias por movilidad. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó el recálculo de la PBU, la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia, pago de las diferencias con intereses según la Tasa Pasiva y la abstención de descuentos por impuesto a las ganancias.

Escudero Anses Reajuste de haberes Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Tasa pasiva Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad ley 27.609 Movilidad previsional.


¿Quién es el actor?

Ramón Alberto Escudero.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad de haberes previsionales (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), pago de diferencias retroactivas e impugnación de la Resolución N° ULAE-B 00121 (20/10/21). Asimismo, se plantearon distintas cuestiones de inconstitucionalidad respecto de normas de las leyes 24.241 y 24.463.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se revocó la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSeS recalcular las prestaciones (PBU, PC y PAP) conforme a las pautas y períodos indicados en la sentencia, abonar las diferencias retroactivas con intereses compensatorios aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA por el período no prescripto y abstenerse de practicar descuentos por impuesto a las ganancias sobre las diferencias y sobre los haberes a percibir. Se fijó el plazo de cumplimiento de 120 días y se impusieron las costas a la demandada. Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609, con aclaraciones sobre otros planteos de inconstitucionalidad.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "Que, habida cuenta de ello y de la obligación que pesa sobre los jueces inferiores de conformar sus decisiones a los pronunciamientos del máximo tribunal en los casos que son análogos a ellos (Fallos: 25:364 entre muchos), corresponde al tribunal obrar al unísono de la jurisprudencia sentada ya relacionada, haciendo lugar a la demanda, y ordenar al Director Ejecutivo (o cargo que lo reemplace) de la Anses (u organismo que lo sustituya en la función) al momento en que la sentencia dictada en esta causa adquiera firmeza, que por sí o por medio de el o los funcionarios que el designe y faculte, que: 1) a) recalcule el haber previsional conforme los criterios expuestos, b) reajuste el haber que el actor percibe mensualmente (conformado por la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia) utilizando salarios efectivamente percibidos durante el período de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de cesación en el servicio actualizados según las variaciones registradas en el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción –personal no calificado–;" "8. Que en cuanto a la tasa de interés aplicable a las diferencias resultantes de los cálculos fijados en el considerando anterior, ésta será la de la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina." "La doctrina sentada en el referido fallo, y la jurisprudencia posterior emergente, causas: ... dio lugar al inicio masivo de demandas con pretensiones análogas... Por ello, conforme lo expuesto, corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional."
- Disidencias: No se registran votos diversos; la resolución es dictada por el Juzgado Federal de 1ª Instancia (unipersonal).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar