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PISANO, JOSE LUIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

José Luis Pisano promovió acción contra la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes de PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia. El Juzgado hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó a la ANSeS recalcular los haberes, pagar las diferencias retroactivas con intereses (Tasa Pasiva Promedio BCRA) y abstenerse de aplicar impuesto a las ganancias sobre esas sumas; además declaró inconstitucionales el art. 24 de la ley 24.241, los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y la ley 27.609 en los términos del considerando.

Pbu Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Anses Reajustes Diferencias retroactivas Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad art.24 ley 24.241 Tasa pasiva promedio bcra Prescripcion art.82 ley 18.037


¿Quién es el actor?

PISANO, JOSE LUIS.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (Prestación Básica Universal
- PBU; Prestación Compensatoria
- P.C.; Prestación Adicional por Permanencia
- P.A.P.), pago de diferencias retroactivas, interés por mora y que no se practiquen descuentos por impuesto a las ganancias sobre las diferencias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada y se ordenó a la ANSeS que, cuando la sentencia adquiera firmeza, recalcule la PBU, la P.C. y la P.A.P. conforme las pautas y períodos detallados en el considerando; abone íntegramente las diferencias retroactivas con intereses conforme al art. 168 ley 24.241 y art. 82 ley 18.037 aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre las diferencias y sobre los haberes; se declaró la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 (con los alcances del considerando) y de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios para la ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) "Por consiguiente, y adhiriendo a los fundamentos expuestos por la Corte Suprema, corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor previo a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones." 2) "De ello se desprende la necesidad de actualizar las remuneraciones históricas de los beneficiarios que cesaron con posterioridad al 31 de marzo de 1991, a fin de cumplir lo dispuesto por los arts. 24 y 30 de la Ley 24.241... este Tribunal adhiere a lo resuelto por el Máximo Tribunal respecto del índice a emplear para el recálculo de los haberes previsionales." 3) "Corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional." 4) (Parte dispositiva final) "I. Hacer lugar a la demanda... II. Ordenar ... que: a) recalcule la Prestación Básica Universal, la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia... b) abone enteramente las diferencias retroactivas resultantes... con más sus intereses compensatorios... a cuyo fin deberá aplicarse la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina y c) se abstenga de descontar a la parte actora suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es única y firmada por el Juez Federal de 1ra. Instancia.

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