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ARIZA, HECTOR HUGO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

El actor Héctor Hugo Ariza demandó a la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional y el pago de diferencias retroactivas. El Juzgado Federal N°2 de Córdoba hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa, ordenó recalcular y pagar diferencias con intereses, declaró la inconstitucionalidad de arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609 y prohibió descuentos por impuesto a las ganancias.

Reajuste de haberes Anses Diferencias retroactivas Inconstitucionalidad Ley 24.463 Ley 27.609 Impuesto a las ganancias Cosa juzgada Intereses Cumplimiento en 120 dias.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Héctor Hugo Ariza. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de la movilidad del haber previsional, pago de las diferencias retroactivas estimadas adeudadas y que no se apliquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre dichas diferencias ni sobre los haberes previsionales a percibir; además, se plantearon inconstitucionalidades de normas (ley 24.463 y ley 27.609). Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se revocó la resolución dictada por ANSeS; se ordenó al Director de ANSeS recalcular el haber del actor conforme al considerando, abonar las diferencias retroactivas devengadas con más sus intereses, y abstenerse de descontar impuesto a las ganancias sobre las diferencias retroactivas y sobre los haberes a percibir; se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609; las medidas deberán cumplirse dentro de los 120 días; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "En las presentes actuaciones comparece la parte actora... e inició formal demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), solicitando la correcta movilidad de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de las normas que suspendieron o limitaron su actualización, reclamando las diferencias retroactivas que estima adeudadas." "Que corrido el traslado de rigor la Administración Nacional de la Seguridad Social contestó la demanda... Defendió la constitucionalidad de las normas atacadas." "En relación al tema y teniendo en cuenta que sobre ello existe pronunciamiento que ha pasado en autoridad de cosa juzgada, la C.S.J.N. dejó establecido que la misma no puede ser dejada de lado, pues del reconocimiento de la cosa juzgada depende el debido proceso..." (cita del precedente Andino, Basilio M. c/ ANSeS). "corresponde al tribunal obrar al unísono de la jurisprudencia sentada ya relacionada, haciendo lugar a la demanda, y ordenar al Director Ejecutivo ... que: 1) recalcule el importe de los haberes previsionales...; 2) abone las diferencias resultantes... con más sus intereses...; 3) abone las diferencias resultantes de conformidad con la ley de presupuesto correspondiente al año en que quede firme este pronunciamiento..." "La totalidad de las medidas ordenadas deberá ser cumplidas dentro de los ciento veinte días que fija el art. 22 de la ley 24.463..." "corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional." (citas textuales tomadas del considerando y de la parte resolutiva).
- Votos en disidencia relevantes: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la decisión fue dictada por el Juzgado Federal de primera instancia como obra del juez firmante.

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