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MOTTA, LUIS ALBERTO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajuste de haberes previsionales (PBU, Prestación Compensatoria y PAP) y pago de diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda contra ANSeS, ordenó el recálculo y pago de las diferencias con intereses según la Tasa Pasiva Promedio del BCRA, y ordenó la abstención de descuentos por impuesto a las ganancias; además declaró inconstitucionales diversos artículos (art.24 Ley 24.241; arts.7 y 9 Ley 24.463; Ley 27.609).

Anses Reajustes Prestacion basica universal Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Diferencias retroactivas Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad art.24 ley 24.241 Tasa pasiva promedio Ejecucion en 120 dias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Luis Alberto Motta, por intermedio de su apoderado Dr. Jaime María Hernández. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales percibidos bajo la ley 24.241 (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), pago de diferencias retroactivas y que no se apliquen retenciones por impuesto a las ganancias sobre dichas diferencias. Se impugnan asimismo diversos artículos de las leyes 24.241 y 24.463. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada y se ordenó a ANSeS que recalcule la PBU, la P.C. y la P.A.P. conforme las pautas y períodos señalados en el considerando; que abone íntegramente las diferencias retroactivas que no estén prescriptas con intereses calculados conforme la Tasa Pasiva Promedio del BCRA; y que se abstenga de practicar descuentos por impuesto a las ganancias sobre las diferencias y sobre los haberes a percibir. Se fijó plazo de 120 días para cumplimiento; se declararon inconstitucionales el art. 24 de la ley 24.241 (en los términos del considerando) y los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y la ley 27.609, con las salvedades indicadas; se impusieron las costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "Por consiguiente, y adhiriendo a los fundamentos expuestos por la Corte Suprema, corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor previo a la entrada en vigencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones." 2) "En consecuencia, debe declararse el derecho del peticionante a que la A.N.Se.S. reajuste los haberes de pasividad del actor conforme al mecanismo de actualización antes indicado, esto es, actualizando las remuneraciones hasta la fecha de adquisición del derecho, aplicando los índices salariales pertinentes." 3) "La doctrina sentada en el referido fallo, y la jurisprudencia posterior emergente... dio lugar al inicio masivo de demandas con pretensiones análogas, que tramitan en la Secretaría Civil y Comercial a mi cargo, en las que el Suscripto dejó a salvo su criterio personal, dado la autoridad emanada de los precedentes e hizo lugar a los reclamos iniciados, siempre que se acredite la pertenencia al colectivo de 'pasivos'... Por ello, conforme lo expuesto, corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la parte resolutiva final es única y mandatoria.

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