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LUZIAGA, DANIEL ANTONIO Y OTRO c/ PUERTAS, ALICIA IRENE s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra Alicia Irene Puertas y su aseguradora. La Cámara modificó la sentencia y elevó las indemnizaciones por incapacidad sobreviniente a $12.400.000 para Daniel Antonio Luziaga y $3.300.000 para Marcelo Daniel Pérez, y confirmó lo demás.

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¿Quién es el actor?

Daniel Antonio Luziaga y Marcelo Daniel Pérez.

¿A quién se demanda?

Alicia Irene Puertas; Caja de Seguros S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 24/09/2019; se litigan partidas por incapacidad psicofísica, daño moral, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia apelada para elevar las sumas reconocidas por incapacidad sobreviniente a $12.400.000 a favor de Daniel Antonio Luziaga y a $3.300.000 a favor de Marcelo Daniel Pérez; se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que fue materia de agravio; costas de segunda instancia a cargo de la demandada y citada; se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios de primera instancia y se procedió a adecuarlas conforme la ley 27.423, regulando honorarios y auxiliares conforme se detalla.
- Fundamentos principales (texto judicial transcripto): "Integradas todas estas variables, propongo al Acuerdo elevar el presente ítem a favor de Daniel Antonio Luziaga a la suma de $ 12.400.000 y a favor de Marcelo Daniel Pérez a la suma de $ 3.300.000." "En virtud del criterio adoptado por esta Sala en 'Fagundez Fernández, Fernanda Elizabeth c/ Medicar S.A. s/ daños y perjuicios', ... encuentro acertada la fijación de la tasa de interés del 8% anual desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia, por lo que postulo al Acuerdo su confirmación. En cuanto al periodo posterior, por haber sido consentida la tasa activa del BNA, propicio también su confirmación." "Como la reparación del daño moral no se hace en abstracto, sino en cada caso concreto, es justo que esté en relación con la magnitud del perjuicio, del dolor o la afección involucrada... considero que las sumas reconocidas en la sentencia a favor de ambos actores no resultan reducidas, por lo que, al haber sido apeladas únicamente por bajas, propongo al Acuerdo su confirmación."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. Benavente adhiere al voto.

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