LOPEZ, SERGIO ALEJANDRO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajuste de haberes por retiro por invalidez contra ANSeS. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa, ordenó recalcular y reajustar el haber del retiro por invalidez con pago de diferencias retroactivas más intereses, y dispuso la abstención de descuentos por impuesto a las ganancias; asimismo declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sergio Alejandro López (actor representado por Dres. Walter Alberto Gehrke y María Verónica Marcel Folmer).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste del haber previsional correspondiente al Retiro por Invalidez —se cuestionó la forma en que ANSeS determinó el haber (Resolución RCE‑B 02940 del 05/09/25)—, pago de diferencias retroactivas y declaración de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.241 y 24.463.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada, se reconoció el derecho del actor al reajuste del haber previsional y se ordenó a la ANSeS que dicte nueva resolución reajustando el haber del retiro por invalidez (con aplicación del tope indicado por la CSJN en “Villanustre”), que abone íntegramente las diferencias retroactivas conforme a la ley de presupuesto del año en que la sentencia quede firme más intereses compensatorios por el período no prescripto aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA, y que se abstenga de descontar impuesto a las ganancias tanto sobre las diferencias retroactivas como sobre los haberes previsionales a percibir. Se impuso además el cumplimiento de las medidas en 120 días, se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609, y se impusieron las costas a la demandada; la regulación de honorarios de la actora se difirió para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Conforme al art. 97 de la ley 24.241 el ingreso base es el 'valor representativo del promedio mensual de las remuneraciones ... declaradas hasta cinco (5) años anteriores al mes en que ocurra la invalidez ...' de modo que, como primera conclusión, el planteo del actor se ajusta a derecho en cuanto sostiene que su haber debe consistir en una determinada proporción con respecto de lo que el interesado cobraría de estar en actividad."
2) "La Corte Suprema de Justicia de la Nación ... ha privilegiado como principio el de la necesaria proporcionalidad entre los haberes de pasividad y de actividad (Considerando 11)."
3) "Corresponde al tribunal obrar al unísono de la jurisprudencia sentada ya relacionada, haciendo lugar a la pretensión, y ordenar al Director Ejecutivo ... que: 1) dicte una nueva resolución administrativa que: a) reconozca el derecho de la parte actora al reajuste de su haber, b) fije nuevamente el haber inicial utilizando los salarios efectivamente percibidos durante el período de cinco años inmediatamente anteriores a la fecha en que ocurra la invalidez actualizados según las variaciones registradas en el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción –personal no calificado; Sin embargo, se deberá aplicar el límite que surge del criterio aplicado por la CSJN en los autos 'Villanustre'..."
4) Sobre impuesto a las ganancias: "La CSJN, por mayoría, ya se expidió sobre el impuesto a las ganancias ... disposo reintegrar a la actora, desde el momento de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago, los montos retenidos por aplicación de las normas
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