GAUNA, JUAN GUILLERMO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA s/VARIOS
Los actores (Gauna y otros) reclaman contra el Estado Nacional - Ministerio de Defensa por cuestiones vinculadas a planillas y ejecución de sentencia; la Cámara Federal de Córdoba confirmó la regulación de honorarios dispuesta en primera instancia y, por mayoría, fijó en 5 UMA los honorarios por el incidente, recordando además obligaciones del juzgado de primera instancia sobre la tasa de justicia.
¿Quién es el actor?
GAUNA, JUAN GUILLERMO y otros (actores).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa (Ejército Argentino e IAF).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
impugnación del monto de los honorarios regulados a favor del Dr. Daniel Aníbal Cobos Porta por su actuación en las distintas etapas del proceso y la regulación de honorarios vinculada a la ejecución de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la regulación de honorarios practicada en primera instancia; por mayoría se regularon además los honorarios del Dr. Daniel Aníbal Cobos Porta por las tareas del incidente en cinco (5) UMA según la Ley 27.423; no se regularon honorarios al representante jurídico de la parte demandada por ser profesional a sueldo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En el caso de autos, el Juez reguló los estipendios del apoderado de la actora en un porcentaje del 15,4 % de la base económica del juicio, distribuido conforme a las etapas cumplidas. Del análisis de la resolución apelada, se advierte que la regulación efectuada se encuentra dentro de los márgenes establecidos por la ley, y ajustada a la escala arancelaria correspondiente."
"Realizados los cálculos pertinentes, no se advierte apartamiento de los parámetros legales aplicables. Considero al respecto que la retribución fijada resulta adecuada, razonable y proporcional a la labor desplegada por la representación letrada de la parte actora en las distintas etapas del proceso."
"En virtud de lo expuesto, corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmar la regulación de honorarios practicada en la instancia de grado."
Además, sobre costas y regulación del incidente: la mayoría decidió regular los honorarios del Dr. Daniel Aníbal Cobos Porta por las tareas del incidente en cinco (5) UMA según Ley 27.423; y se dispuso que no correspondía regular honorarios al representante de la demandada por ser profesional a sueldo (art. 2 Ley 27.423).
(Se consignan como disidencia las diferencias internas sobre el monto de la regulación del incidente: el Dr. Eduardo Ávalos votó por regular en 5 UMA —resultado que integró la mayoría— mientras que la Dra. L. Navarro había propuesto regular la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo regulado en la instancia anterior para costas; la resolución final refleja la decisión mayoritaria descrita arriba.)
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