Logo

MWM INTERNATIONAL MOTORES S.A. c/ A.F.I.P. - D.G.I. s/REPETICIÓN

MWM International Motores S.A. demandó por repetición de pagos del impuesto a las ganancias por los ejercicios 2013-2015 solicitando la aplicación del ajuste por inflación. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la repetición y declaró inaplicable al caso el art. 39 de la ley 24.073 y normas concordantes, ordenando la restitución de $10.686.441,04 con más sus accesorios.

Repeticion Impuesto a las ganancias Ajuste por inflacion Confiscatoriedad Art. 39 ley 24.073 Pericia contable Costas Honorarios Interes tasa pasiva bcra Camara federal de cordoba


¿Quién es el actor?

MWM INTERNATIONAL MOTORES S.A.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) / hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero – ARCA.
- Objeto de la demanda: Acción de repetición de sumas pagadas en concepto de impuesto a las ganancias por los ejercicios fiscales 2013, 2014 y 2015 (importe reclamado $10.686.441,04), solicitando la aplicación del mecanismo de ajuste por inflación regulado en los arts. 94 y siguientes de la Ley 20.628 y, subsidiariamente, la declaración de inconstitucionalidad/inaplicabilidad del art. 39 de la Ley 24.073 y normas concordantes que lo impiden.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución de fecha 8 de septiembre de 2025 dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Córdoba en todo lo que decide y fue motivo de agravios, con imposición de las costas de la Alzada a la demandada y regulación de honorarios a favor del letrado apoderado de la actora por un 35% de lo regulado en primera instancia. Además se recordó la obligación del Juzgado de primera instancia de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar la causa.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): 1) “...de la pericia oficial acompañada a fs. 415/418 del Sistema Lex100 -suscripta por el perito contador oficial Cr. Jorge L. Versaci-, y según lo asienta en cuadro comparativo agregado, consigna que no aplicando el ajuste por inflación el resultado impositivo asciende a $95.567.871,94 y el impuesto a ingresar $35.198.755,18; mientras que en caso de aplicarse dicho ajuste, arroja el siguiente resultado impositivo: $70.035.183,18, y un impuesto a ingresar de $24.512.314,11. Así pues, y a los fines de comprobar la tasa efectiva del impuesto que surge de comprobar el porcentaje de la relación entre el Ig determinado sin ajuste por inflación para cada período con respecto a las ganancias obtenidas aplicando el ajuste, arroja para cada período el siguiente resultado: a) período 2013: 41,90%; b) período 2014: 47.17 y c) período 2015: 63,55% como alícuota efectiva del tributo, la cual supera con creces el 30% correspondiente por el I.G. a la sociedad actora.” (sección VII) 2) “Valorando los términos de la pericia contable rendida, se concluye que no aplicar el ajuste por inflación en la presente, originaría que la sociedad actora debiera abonar el tributo sobre ganancias superiores a las efectivamente devengadas, desvirtuando así las pautas fijadas en el precedente ‘Candy’ de la CSJN... se traduce en confiscatoriedad y vulneración del principio de reserva legal en materia tributaria...” (sección VII) 3) “Por todo lo expuesto, corresponde confirmar la Resolución de fecha 8 de septiembre de 2025 dictada por el señor Juez Federal N° 2 de Córdoba en todo lo que decide y ha sido motivo de agravios. Las costas de la Alzada se imponen a la demandada perdidosa (conf. art. 68, 1° parte del C.P.C.C.N.), regulándose los honorarios del letrado apoderado de la actora, doctor Eduardo Marcelo Gil Roca, en un 35% de lo regulado en la instancia de grado (art. 30 Ley N° 27.423). No se regulan honorarios a la representación letrada de la demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conf. art. 2 de la ley 27.423).” (sección XI)
- Disidencias: No registradas; los jueces Navarro y Avalos adhieren al voto del preopinante y votan en idéntico sentido.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar