Incidente Nº 1 - ACTOR: DE LA F, J A DEMANDADO: OBRA SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA Y OTRO s/INC APELACION
Amparo por prestaciones médicas contra la Obra Social de la Universidad de La Rioja y el Ministerio de Salud de la Nación. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la cautelar del juez de primera instancia al fijar como contracautela la fianza personal de dos letrados y confirmó en todo lo demás la orden de cobertura del tratamiento prescripto, imponiendo las costas de la Alzada por su orden.
Actor: J. A. D. L. F. (amparista), afiliado a OSUNLaR. Demandado: Obra Social de la Universidad de La Rioja (OSUNLaR) y subsidiariamente el Ministerio de Salud de la Nación. Objeto de la demanda: Se solicitó medida cautelar para obtener la cobertura integral y total de los tratamientos médicos indicados por su médico tratante: tratamiento de luz pulsada intensa (IPL) y plasma rico en plaquetas (P.R.P.), por enfermedad de Behçet y síndrome de ojo seco severo, con constancias médicas (epicrisis de 20/02/2025 e indicación del 29/04/2025).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente el proveído de fecha 25/9/2025 y ordenó que, como contracautela, se fije la fianza personal de dos letrados de la matrícula; confirmó en todo lo demás la decisión de primera instancia que ordenó la cobertura integral de los tratamientos; impuso las costas de la Alzada por su orden y difirió la regulación de honorarios. Además recordó al Juzgado de primera instancia su obligación de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia antes de archivar.
Fundamentos principales (texto literal seleccionado de la sentencia):
- "De la prueba acompañada en este estado larval del proceso, surge que el actor es afiliado a OSUNLaR conforme surge del carnet de afiliación y que del informe de epicrisis médica de fecha 20 de febrero de 2025, suscripto por el doctor Rodrigo Cruz – Oftalmólogo-, se desprende su patología: '…Paciente con Vasculitis, cirugía refractiva previa y síndrome de ojo seco severo crónico, que no responde a los tratamientos convencionales ... Se Instala tratamiento crónico con Luz Pulsada Intensa, Ciclosporina (restasis) c/24 hs, muxin (rebamipide) c/8 hs, plasma rico en plaquetas (hemoderivados tópicos) 4-6 veces por día.'"
- "El tratamiento solicitado por el actor es a raíz de una enfermedad de las denominadas poco frecuentes (ORPHACODE 117 – Enfermedad de Behçet) y que encuadra en los términos de la Ley 26.689 Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 641/2021 ... 'el objeto de la presente ley es promover el cuidado integral de la salud de las personas con Enfermedades Poco Frecuentes (EPF) y mejorar la calidad de vida de ellas y sus familias'."
- "La obligación primaria de proveer las prestaciones médicas ... recae sobre la obra social a la que se encuentra afiliado el actor... No obstante ello, y como se dijo previamente, el Estado Nacional —a través del Ministerio de Salud— reviste el carácter de último garante del derecho a la salud ... Su responsabilidad es de carácter subsidiario, y se activa únicamente ante la inacción o el incumplimiento del agente de salud obligado en primer término."
Sobre la contracautela (fundamento que motiva la modificación):
- "La posibilidad de subordinar el otorgamiento de la medida cautelar a la constitución de una fianza debe considerarse excluida, con carácter general, cuando aquélla se relaciona directamente con la preservación de intereses esenciales de la persona, el acceso a la salud ... Por tal razón y ponderando un criterio de razonabilidad a fin de no frustrar el derecho constitucional a obtener una efectiva tutela judicial, este Tribunal entiende acertado fijar como contracautela la fianza personal de dos letrados de la matrícula federal, debiendo modificarse el pronunciamiento en este punto."
No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el dispositivo.
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