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GEANT ARGENTINA S.A. c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Pedido de aclaratoria para regular honorarios y costas del incidente de apelación del perito. La Cámara Federal de Córdoba admitió la aclaratoria, impuso las costas del incidente por falta de contradictorio y, por mayoría, reguló los honorarios de la Dra. Cecilia María Villanueva Funes en 2 UMA (art. 16 Ley 27.423), pagaderas según valor vigente.

Aclaratoria Honorarios Uma Costas Incidente de apelacion Perito oficial Falta de contradictorio Art. 166 cpccn Art. 68 cpccn Camara federal de cordoba


¿Quién es el actor?

GEANT ARGENTINA S.A.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
- Objeto de la demanda: acción meramente declarativa de inconstitucionalidad (expte. FCB 39385/2019/CA1-CA2). En estos autos se tramita un pedido de aclaratoria interpuesto por la Dra. Cecilia María Villanueva Funes respecto de la sentencia de fecha 13/04/2026, por la omisión en la regulación de sus honorarios y de las costas del incidente.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de aclaratoria y se enmendó la omisión. Por unanimidad, se agregó la imposición de las costas por el incidente de apelación de honorarios incoado por la letrada apoderada del perito oficial en el orden causado atento la falta de contradictorio (art. 68, segunda parte, CPCCN). Por mayoría, se reguló los honorarios de la Dra. Cecilia María Villanueva Funes en la cantidad de 2 UMA (art. 16 Ley 27.423), a abonarse conforme el valor de UMA vigente al momento del pago.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): "La aclaratoria contemplada en el art. 166 inc. 2° del CPCN, está prevista para la enmienda de cualquier error material, o la subsanación de algún concepto oscuro o bien para suplir cualquier omisión respecto de alguna de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio." "Analizadas la resolución que la letrada pretende aclarar, se advierte que en el pronunciamiento se regularon los porcentajes correspondientes a los letrados de la parte actora y demandada, asiste razón a la Dra. Villanueva Funes en cuanto se omitió determinar las costas por el incidente de apelación de los honorarios del perito y los emolumentos que le corresponden a la citada letrada." Texto incorporado literalmente en la resolución: "…Imponer las costas por el incidente de apelación de honorarios incoado por la letrada apoderada del perito oficial en el orden causado atento la falta de contradictorio (art. 68, segunda parte, CPCCN)...". Voto mayoritario sobre la regulación: "corresponder regular los honorarios de la Dra. Cecilia María Villanueva en la cantidad de 2 UMA (art. 16 Ley 27.423), los que deberán ser abonados conforme el valor de UMA vigente al momento del pago."
- Disidencia relevante: La Dra. Liliana Navarro (preopinante) votó haciendo lugar a la aclaratoria pero propuso, en su redacción, "Regular los honorarios de la Dra. Cecilia María Villanueva Funes ... en un 30% de lo regulado a su representado…", lo cual quedó en disidencia respecto de la regulación por 2 UMA adoptada por la mayoría (Avalos y Montesi). Se aclara que tal propuesta quedó en disidencia y no integra la decisión de la Cámara.

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