Incidente Nº 3 - DENUNCIADO: CALDERON, GIAN FRANCO s/Audiencia de prórroga de la etapa de preparatoria (Art. 266, 1er. Párr., CPPF)
Ministerio Público Fiscal y la Defensa solicitaron la prórroga de la Investigación Penal Preparatoria y de las medidas de coerción que pesan sobre Gian Franco Calderón. El Juez de Garantías hizo lugar al pedido conjunto y prorrogó dichos plazos hasta el 24 de septiembre de 2026 por considerarlos razonables y dentro de lo previsto por los arts. 223 y 266 del CPPF.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal y la Defensa Oficial de Gian Franco Calderón, actuando de común acuerdo.
Demandado: Gian Franco CALDERÓN (sujeto de la investigación y destinatario de medidas de coerción).
Objeto: Prórroga del plazo de la Investigación Penal Preparatoria y de las medidas de coerción previstas por los incs. a), j) y d) del art. 210 del CPPF, por 30 días hábiles con vencimiento el 24/09/2026.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud conjunta y se dispuso la prórroga del plazo de la investigación penal preparatoria y de las medidas de coerción que pesan sobre Gian Franco CALDERÓN hasta el 24 de septiembre de 2026. Notifíquese a las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Refieren que atento a que el plazo oportunamente otorgado para investigar, así como las medidas de coerción que pesan sobre Calderón
- previstas por los incs. a), j) y d) del art. 210 del CPPF
- vencen el día 13/8/2026 y teniendo en cuenta que, en fecha 12/08/26, la defensa ha informado que debe producir prueba referida a cuestiones familiares y sociales del Sr. Calderón las cuales no han podido ser obtenidas en su totalidad y, junto a ello, esa Unidad Fiscal no cuenta aún con el análisis del teléfono celular secuestrado, resulta necesario prorrogar dichos plazos."
"Expresan que en razón de lo expuesto, solicitan en forma conjunta, la prórroga de la Investigación Penal Preparatoria y de las medidas de coerción que pesan sobre el encartado, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 266, 223, octavo párrafo, y 115 del CPPF, por el plazo de 30 días hábiles con vencimiento el día 24 de septiembre del 2026."
"En base a lo expuesto, habiendo las partes acordado el nuevo plazo de investigación y de medida medida de coerción, no existiendo controversia y teniendo en cuenta además que los motivos expuestos resultan razonables y lo solicitado se encuentra dentro de los términos establecidos por los arts. 223 y 266 del CPPF, corresponde disponer la prórroga del plazo de la investigación penal preparatoria y de las medidas de coerción que pesan sobre Gian Franco CALDERÓN, hasta el 24 de septiembre de 2026, TODO LO QUE ASÍ RESUELVO. NOTIFÍQUESE a las partes."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente presentado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: