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Incidente Nº 4 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, ALEXIS ALBERTO s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)

Incidente planteado por la Defensa Oficial impugnó las actas de requisa y secuestro por incumplimiento de los arts. 110 y 137 del CPPF en un procedimiento penitenciario; el juez admitió la nulidad como cuestión preliminar y dictó el sobreseimiento de Alexis Alberto Rodríguez. La decisión se funda en la omisión de consignar las circunstancias excepcionales que habilitan la intervención de personal de la fuerza como testigos y en la imposibilidad de justificar ex post tal omisión.

Tenencia simple Invalidez de prueba Acta de requisa Art. 110 cppf Art. 137 cppf Sobreseimiento Cadena de custodia Penitenciario Prueba nula Casacion anunciada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, que formalizó la investigación y acusó a Alexis Alberto Rodríguez por tenencia simple de estupefacientes (art. 14 Ley 23.737). Demandado: Alexis Alberto Rodríguez, imputado. Objeto: Se le atribuye a Rodríguez la tenencia de 25 envoltorios con sustancia positive para cocaína (pesaje indiciario 10,19 g; pericia 7,82 g), hallados tras una requisa en el Servicio Penitenciario Provincial N°2 el 20/09/2025; la Fiscalía solicitó prisión y multa acumulable con condena previa. Decisión: Se hizo lugar a la invalidez planteada por la Defensa Oficial como cuestión preliminar y, en consecuencia, se dictó el sobreseimiento de Alexis Alberto Rodríguez por el delito detallado en la pieza acusatoria, con remisión a la Oficina Judicial.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "En efecto, el art. 110 y el art. 137 del CPPF, los que establecen como principio rector, la imposibilidad de intervención -como testigos de actuación
- de aquellas personas pertenecientes a la misma fuerza de seguridad actuante, Es que, estas normas tienen como finalidad dotar de objetividad, transparencia y garantizar la posibilidad eventual de ejercer un control externo a los actos de investigación susceptibles de afectar derechos individuales." "Al ingresar al análisis del caso particular, se ha podido advertir que en los formularios, en los que se dejan sentado los actos que aquí se cuestionan, existe un campo específico que menciona el referido art. 137, el que no ha sido llenado de manera alguna. Por lo que se advierte que no se ha dejado constancia de aquellas circunstancias excepcionales que permitían apartarse de la regla general mencionada precedentemente." "Finalmente, en cuanto a la explicación ex post que pretende realizar el Ministerio Público Fiscal, se entiende que no corresponde, pues decidir lo contrario implicaría vaciar de contenido la exigencia legal, que precisamente indica documentar las razones de excepción." "Por lo que, se entiende que corresponde admitir el planteo de invalidez del acta de requisa y secuestro interpuesto por la Defensa y, en consecuencia, SOBRESEER a Alexis Alberto Rodriguez, en los términos del art. 269 inc. e) del CPPF."
- Votos en disidencia o actuaciones posteriores relevantes: La Fiscal General anunció que irá en casación contra el decisorio, manifestando disconformidad por considerarlo un "mero rigorismo formal", pero ello no altera la decisión adoptada por el Juez de Revisión.

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