JAIME, PASCUAL SANTOS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor el reajuste de su haber previsional (PBU, PC y PAP) por aplicación de la ley 24.241 y se impugnó la resolución administrativa de ANSeS. El Juzgado Federal de Córdoba hizo lugar a la demanda, revocó la resolución administrativa y ordenó a ANSeS recalcular los haberes, pagar las diferencias no prescriptas con intereses y abstenerse de aplicar impuesto a las ganancias sobre las retroactividades.
¿Quién es el actor?
Jaime, Pascual Santos (parte actora representada por Dr. Matías Adolfo Pavicich).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes jubilatorios concedidos al amparo de la ley 24.241 (Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), pago de diferencias retroactivas, impugnación de la modalidad de cálculo de ANSeS y planteos de inconstitucionalidad de normas aplicables; petitorio de que no se efectúen retenciones por impuesto a las ganancias sobre las diferencias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa impugnada y se ordenó a la ANSeS que, cuando la sentencia quede firme, recalcule la PBU, PC y PAP según las pautas y períodos fijados en el considerando, abone íntegramente las diferencias retroactivas no prescriptas más intereses (aplicando la Tasa Pasiva Promedio del BCRA), y se abstenga de practicar descuentos por impuesto a las ganancias sobre las retroactividades y los haberes previsionales; además declaró la inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 en los términos expuestos y de los arts. 7 y 9 de la ley 24.463 y de la ley 27.609 según los alcances del fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del pronunciamiento):
"En dicho precedente, el Máximo Tribunal sostuvo que, dado que la finalidad del instituto es compensar o equiparar los años de trabajo aportados al régimen anterior con los del sistema vigente, el establecimiento de un tope que desconoce parte de los aportes efectuados contradice el propósito del legislador y lesiona las garantías del artículo 14 bis de la Constitución Nacional... corresponde —de verificarse el supuesto mencionado— declarar la inaplicabilidad del tope de 35 años establecido por el art. 24 de la Ley 24.241 y ordenar a la ANSeS que, al calcular la Prestación Compensatoria, considere la totalidad de los años con aportes realizados con anterioridad al 15 de julio de 1994, computando íntegramente el esfuerzo contributivo del actor..."
"La doctrina sentada en el referido fallo, y la jurisprudencia posterior emergente... dio lugar al inicio masivo de demandas con pretensiones análogas... Por ello, conforme lo expuesto, corresponde ordenar al demandado (ANSES), se abstenga de descontar al actor suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional."
"Ordenar... que: a) recalcule la Prestación Básica Universal, la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia en función de las pautas y por los períodos señalados en el Considerando respectivo... b) abone enteramente las diferencias retroactivas resultantes... con más sus intereses compensatorios por el período no prescripto en los términos del art. 168 de la ley 24.241 y 82 de la ley 18.037... a cuyo fin deberá aplicarse la Tasa Pasiva Promedio que publica el Banco Central de la República Argentina y c) se abstenga de descontar a la parte actora suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias..."
- Disidencias: No se registran votos en minoría en el dispositivo final; el bloque resolutivo es entero y constituye la decisión del Tribunal.
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