Logo

NAVARRO, NIDIA ADELMA c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamo de jubilada por inclusión de bonificación por Residencia en Región Patagónica y pago retroactivo. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar a la demanda de Nidia Adelma Navarro y rechazó la excepción de prescripción, ordenando la liquidación con aplicación del 40% previsto por el Decreto 1472/2008 y la tasa pasiva promedio del BCRA.

Bonificacion zona patagonica Ley 19485 Decreto 1472/2008 Caja de retirados policia federal Prescripcion Liquidacion de haberes Tasa pasiva promedio bcra Costas Jubilacion Residencia la pampa


¿Quién es el actor?

Sra. Nidia Adelma NAVARRO.

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- CRJPPF).
- Objeto de la demanda: Que se la incluya en la liquidación de sus haberes la bonificación por Residencia en Región Patagónica (Ley 19485 y Decreto 1472/2008) y que se le abonen retroactivamente las sumas adeudadas por tal concepto hasta dos años previos a la interposición de la demanda. Se solicitó la habilitación de la instancia por entender aplicable la excepción de agotamiento administrativo a FF.AA./FF.SS.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada y se hizo lugar a la demanda de la Sra. Navarro, en los términos de los considerandos 4 y 5 (declarando su derecho a incorporar al haber la bonificación prevista por el art. 1 de la Ley 19485 —con la redacción dada por el art. 15 del Decreto 1472/2008— y ordenando la liquidación con aplicación del 40% desde dos años anteriores a la interposición de la demanda si el beneficio fue obtenido con anterioridad, y con la tasa pasiva promedio del BCRA por mora). Se impusieron costas a la demandada, difiriéndose la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Corresponde que el cómputo se realice desde la fecha de presentación de la demanda –no existiendo reclamo administrativo-, esto es desde abril de 2025, por lo cual se encuentra prescripto, en caso de corresponder, lo reclamado con anterioridad a abril de 2023." "En virtud de conformidad con la normativa citada y constancias de autos y por ser la actora retirada y residente en esta provincia, corresponde, si persiste la situación indicada, declarar su derecho a incorporar a su haber de retiro la bonificación prevista por el art. 1 de la Ley 19485, sus modificatorias y reglamentarias." "Dispongo que se debe aplicar el 40%, en atención a la entrada en vigencia del Decreto 1472/08, desde dos años anteriores a la interposición de la demanda (01/04/2025), si obtuvo su beneficio con anterioridad o desde esa circunstancia si fue con posterioridad." "Se deberá aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA, desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la resolución es del Juzgado de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar