KLOSTER, ANA AURELIA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando reajustes varios sobre su haber previsional y declaración de inconstitucionalidades. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó en parte la sentencia de grado, ordenó recalcular y actualizar haberes conforme precedentes “Badaro”, “Volonté” y “Deprati”, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y del art. 1° de la ley 27.609, y resolvió imponer las costas a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
Kloster, Ana Aurelia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre jubilación (recalculo del haber inicial por aportes autónomos, actualización de la PBU, aplicación de precedentes jurisprudenciales y control constitucional de normas y decretos vinculados a movilidad y topes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada en los términos expresados en el fallo (aplicación de pautas de “Volonté” y “Makler” para aportes autónomos, aplicación del precedente “Badaro” para ajustar la PBU en el periodo 2002-2006, actualización por la suspensión de la ley 27.426 para diciembre 2020 conforme a lo dispuesto en “Martínez”, declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609 en cuanto al mecanismo impugnado, y confirmación de la exención del impuesto a las ganancias —art. 82 inc. c— si la liquidación supera el MNI), y además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"A fin de resolver el agravio relativo al reajuste del haber inicial en virtud de los aportes efectuados por servicios prestados en carácter de autónomo, corresponde estar al procedimiento fijado por la CSJN en autos 'Volonté, Luis Mario s/ Jubilación' del 28/03/85, vinculando la renta por la cual se efectuaron los aportes con los haberes mínimos vigentes en cada mes... Para determinar el nivel inicial de la prestación debe tenerse en cuenta la totalidad de los aportes autónomos realizados, sin limitación alguna, a fin de reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo ('Makler, Simón c/ Anses s/ Inconstitucionalidad ley 24.463' del 20/5/2003)."
"En virtud de lo antes dicho y atento a la fecha de adquisición del beneficio, resulta aplicable sobre la integralidad del beneficio la doctrina que emana del precedente 'Badaro, Adolfo Valentín c/ Anses s/ Reajustes varios', en cuanto estableció: 'Declarar la inconstitucionalidad del art. 7, inc. 2, de la ley 24.463, disponer que la prestación del actor se ajuste, a partir del 1° de enero de 2002 y hasta el 31 de diciembre de 2006, según las variaciones anuales del índice de salarios, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos…'."
"En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio esbozado por la parte actora y declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609. En cuanto al mecanismo de recomposición aplicable... corresponde disponer la actualización trimestral de los haberes mediante un índice combinado integrado en partes iguales por las variaciones del IPC (Nivel General) del INDEC y del RIPTE, a partir del año 2022 y hasta el trimestre enero-marzo de 2024 inclusive..."
"Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Votos en disidencia: No suscribe la Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña (se indica ausencia de su firma), lo cual refleja disidencia o abstención; los fundamentos que integran la decisión son los del acuerdo mayoritario y no los de la magistrada que no suscribió.
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