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Incidente Nº 10 - IMPUTADO: AMARILLA, DAVID MAXIMILIANO Y OTRO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La defensa interpuso recurso extraordinario federal contra la confirmación de la condena por robo agravado impuesta a David Maximiliano Amarilla. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala II— declaró inadmisible el recurso por ausencia de cuestión federal concreta y por planteos genéricos de arbitrariedad.

Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad Derecho penal juvenil Robo agravado Reduccion art. 4 ley 22.278 Camara nacional de casacion Sala ii Defensoria publica de menores

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa pública (Defensor Público Oficial interinamente a cargo de la Defensoría Pública de Menores e Incapaces N°4), en representación de David Maximiliano Amarilla. Demandado: Se impugna la resolución de la Sala II que confirmó la sentencia del Tribunal Oral de Menores n°3; el recurso se dirige contra la decisión confirmatoria dictada por la Cámara. Objeto: Se solicitó la admisibilidad y tratamiento del recurso extraordinario federal contra la confirmación de la condena de OCHO AÑOS DE PRISIÓN por delitos de robo agravado por uso de armas de fuego (concurso real). Decisión: Se declaró inadmisible el recurso interpuesto por la defensa de David Maximiliano Amarilla (art. 14, ley 48).
- Fundamentos principales de la decisión (texto original, párrafos relevantes): "5. Sin perjuicio de lo recién señalado, corresponde analizar la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención señalada. En este sentido, la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905, resuelto por remisión al dictamen del Procurador General de la Nación)." "En efecto, bajo la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías constitucionales se pretende, en definitiva, fundar un caso federal basado en cuestiones de derecho común, prueba que han sido resueltas con fundamentos de igual naturaleza. Todo ello, sin haberse invocado concretamente algún agravio verosímil ni señalado las razones que tornarían arbitraria la decisión."
- Votos / disidencia relevante: El acuerdo se adoptó con voto concurrente de los jueces Sarrabayrouse y Días; se deja constancia de que el juez Daniel Morin no emitió su voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (texto según ley 27.384). No hay voto en disidencia que modifique la decisión mayoritaria.

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