Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RIQUELME, JOSE LEONARDO s/INFRACCION LEY 23.737
La defensa de José Leonardo Riquelme interpuso recurso de casación contra la condena por tráfico de estupefacientes en modalidad transporte. La Cámara Federal de Casación Penal —Sala III— rechazó el recurso por mayoría y ordenó remitir la sentencia, por considerar que la valoración de las pruebas (especialmente escuchas telefónicas y titularidad/aseguramiento del rodado) justifica la condena y la calificación de partícipe necesario.
Actor: La defensa particular de José Leonardo Riquelme (recurrente). Demandado: Se impugna la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de San Martín que condenó a Riquelme por tráfico de estupefacientes en la modalidad de transporte. Objeto: Se solicitó la casación de la sentencia de condena, alegando arbitrariedad en la valoración probatoria, desconocimiento del imputado sobre la carga y, subsidiariamente, la recalificación de la participación de “necesaria” a “secundaria” con reducción de pena. Decisión: Se rechazó el recurso de casación deducido por la defensa particular de José Leonardo Riquelme, sin costas en la instancia, por mayoría. Se ordenó regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase al tribunal de origen mediante pase digital.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- "Al examinar la sentencia impugnada, observo que el tribunal presentó razones sólidas y fundadas en la valoración integral de la prueba, lo que le permitió alcanzar el grado de certeza requerido para concluir que el nombrado tenía conocimiento del transporte de dicho material estupefaciente."
- Sobre las escuchas y mensajes: "El primero fue enviado el día 17 de enero de 2021; donde le refiere que 'se quedara tranquilo, que ya tenía la carga arriba'... El segundo mensaje destacado corresponde a Riquelme padre, quien explica a sus transportistas que deben dejar las puertas abiertas a fin de ventilar y desinfectar el vehículo... Por último, se detalla un tercer mensaje del 18 de enero de 2021 en el que Riquelme recomienda consultar con otros camioneros sobre el control efectuado por la Gendarmería Nacional Argentina en la Ruta 5, con el fin de eludirlo. Respecto de este mensaje, la magistrada sostuvo que 'Este consejo sólo puede tener correlación con un transporte ilícito.'"
- Sobre la necesaria intervención del apelante: "Su aporte resultó determinante y necesario para la organización y logística del traslado del material estupefaciente. De ello se desprende que su participación no fue accesoria ni marginal, sino esencial e indispensable para la perpetración del hecho delictivo, sin cuya guía y asistencia el transporte de la droga no habría podido concretarse".
- Conclusión jurisdiccional: la Sala estimó que la queja por arbitrariedad no demostró un apartamiento inequívoco de las normas ni ausencia de fundamentación, por lo que el remedio casatorio no puedo prosperar.
- Votos / disidencias relevantes: La resolución fue adoptada por mayoría. Los jueces Yacobucci y Borinsky propusieron y fundamentaron el rechazo del recurso sin costas. El juez Mahiques adhirió a la propuesta de rechazo pero votó por imponer costas en la instancia, discrepancia que quedó resuelta por la mayoría que dispuso "sin costas en la instancia".
(Textos citados extraídos literalmente de la sentencia y consignados en los párrafos anteriores.)
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