Legajo Nº 3 - IMPUTADO: ROJAS, NESTOR FABIAN s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación contra la sentencia condenatoria por daños agravados y declaración de reincidencia. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación de la Defensa Pública Oficial, confirmó la valoración sobre inimputabilidad y la individualización de la pena, y sostuvo la constitucionalidad del instituto de la reincidencia.
- Actor (quién recurre): Defensa Pública Oficial en representación de Néstor Fabián Rojas (recurso de casación).
- Demandado / resolución recurrida: Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de La Plata de 27/11/2025 (fundamentos 29/12/2025) que condenó a Rojas a tres (3) años de prisión, declaró la reincidencia por tercera vez y rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 50 CP.
- Objeto del recurso: Se impugnó la valoración probatoria (sosteniendo inimputabilidad por enajenación debida a condiciones de encierro), la mensuración de la pena y la constitucionalidad de la reincidencia (art. 50 CP). Se solicitó, subsidiariamente, absolución o reducción de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Néstor Fabián Rojas; sin costas, y tuvo presente la reserva del caso federal. Confirmó la valoración del a quo sobre la capacidad de comprensión y de dirección de actos de Rojas, la justificación de la individualización de la pena y la constitucionalidad del instituto de la reincidencia.
- Fundamentos principales (transcripción de los pasajes más relevantes):
"No habiéndose acreditado, entonces, ninguno de tales extremos por su defensa técnica, es dable afirmar que Rojas presentó al momento de los hechos una cabal capacidad de comprensión, percibiendo la antijuridicidad de la conducta por él asumida, y de dirigir sus acciones, debiendo ello complementarse con la condena penal que recibió pocos meses antes de la comisión del evento I y III…"
"En tal sentido, los elementos probatorios a los que ha acudido el recurrente no resultan suficientes para afirmar que la capacidad de Rojas se encontraba disminuida para realizar actos concretos y voluntarios al momento de los hechos investigados."
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que sólo cabe acudir a la declaración de inconstitucionalidad de una disposición legal cuando la repugnancia con la cláusula constitucional sea manifiesta e incompatiblemente inconciliable... Sentado ello, advierto que la cuestión traída a estudio (planteo de inconstitucionalidad de la reincidencia), ya ha sido tratada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo 'Gramajo' (Fallos 329:3680), a partir del cual se permite colegir que no es inconstitucional la mayor severidad en el cumplimiento de la pena derivada de la declaración de reincidencia..."
(Señalando además la confirmación de la correcta individualización punitiva:) "La defensa... ha omitido desarrollar en su impugnación una fundada crítica que posibilite refutar el juicio de individualización punitiva realizado en la sentencia bajo estudio, dejando entrever una disconformidad con lo resuelto que, por inmotivada, carece de aptitud para demostrar -ni se advierte
- la arbitrariedad invocada."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los tres jueces adhieren a la decisión majoritaria.
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