VILLANUEVA, ANDRES c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor promovió apelación contra la decisión de la Comisión Médica Central que consideró no acreditada la invalidez requerida para el retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, considerando válido y determinante el informe del Cuerpo Médico Forense de fecha 10.6.26 y respaldando su criterio por concordancia con precedentes de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
VILLANUEVA, ANDRES.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de retiro por invalidez (art. 49 pto. 4 Ley 24.241) por no haberse reconocido la incapacidad exigida para acceder al beneficio.
¿Qué se resolvió?
Se declaró formalmente admisible el recurso de apelación y se confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, con costas por su orden (art. 68, segundo párrafo del CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales de la sentencia):
"Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 10.6.26, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye que el actor no presenta al momento del examen una incapacidad originada en el aparato osteoarticular igual que lo informado por las comisiones médicas."
"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe,"
"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."
Estos pasajes integran los fundamentos centrales: la Cámara consideró decisivo el informe del Cuerpo Médico Forense de fecha 10.6.26, no advertir modificación probatoria que desvirtúe su resultado y sostener la coherencia con precedentes de la Corte Suprema.
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto suministrado; la parte resolutiva final corresponde al acuerdo de la Cámara.
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