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ROLON ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Rolon Armando impugnó reajustes de ANSeS relativos a la redeterminación del haber inicial y la Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso, difiriendo la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”, y confirmó la sentencia en lo demás; además impuso costas por su orden en la Alzada.

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¿Quién es el actor?

Rolon Armando.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; redeterminación del haber inicial y revisión de la Prestación Básica Universal (PBU), con solicitud de recálculo y movilidad del haber y accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso deducido por la demandada en cuanto a diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; y dispuso costas por su orden en la Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes): II. "En aras a alinear la decisión sobre revisión del haber inicial de la prestación -cuya fecha de adquisición del derecho data al 26 de enero de 2015-, cabe tener presente los lineamientos establecidos por la C.S.J.N. en el precedente “Elliff, Alberto José c/Anses s/Reajustes varios”, sentencia del 11.8.09 (Fallos: 332:1914); ratificado por sentencia del 18.12.2018 recaída en los autos “Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/Reajustes varios” (Fallos: 341:1924), situación que no ha variado al presente. En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive, para las que habrá de estarse a las pautas sentadas por la CSJN en el precedente “Elliff” citado. A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417. Dichas actualizaciones -las previas al mensual 3/09 como las posteriores-, habrán de extenderse hasta la fecha de adquisición del derecho. Con ese alcance, cabe desestimar los cuestionamientos sobre el particular esgrimidos por la demandada." III. "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
- Votos en disidencia: No consta disidencia mayoritaria; la resolución fue por mayoría. Se consignan las anotaciones de la Dra. Nora C. Dorado respecto de otros expedientes sobre PBU a los que se remite, pero la decisión que prevalece es la mayoritaria que difiere el análisis de la PBU para ejecución y confirma lo demás.

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