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PAZOS MARIA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajuste de haberes previsionales por la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y otros conceptos. La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó el recurso de la demandada, hizo lugar parcialmente al recurso de la actora revocando la decisión de grado sobre costas e imponiendo las costas al vencido, y confirmó la sentencia en lo demás.

Reajustes previsionales Pbu Movilidad Ley 27.609 Tasa pasiva Costas Anses Ejecucion Inconstitucionalidad Honorarios


¿Quién es el actor?

PAZOS MARIA TERESA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios, incluyendo la recomposición de la PBU (Prestación Básica Universal), reajuste de haberes de enero y febrero de 2021, inconstitucionalidad de normas (ley 27.609 y art. 2 de la ley 27.426), la aplicación de la tasa pasiva y la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Cámara desestimó el recurso de la demandada; hizo lugar parcialmente al recurso de la actora y, por ello, revocó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado, imponiendo las costas al vencido (arts. 68 CPCCN y 36 ley 27.426); confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; ordenó costas por su orden en la Alzada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) "Que, en relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe recordar lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'QUIROGA', en el cual —en el marco de causas en las que se debatían reajustes del haber previsional— el Alto Tribunal difirió su tratamiento para la etapa de ejecución." 2) "Que, en tales condiciones, el escenario descrito impone efectuar un nuevo análisis de la cuestión, el cual conduce a modificar el criterio oportunamente adoptado. Que, por ello, y en línea con el criterio esbozado por el Alto Tribunal en el citado precedente, corresponde confirmar el diferimiento de la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." 3) "Que, en el abordaje de la delicada cuestión a resolver, no debe perderse de vista, en primer lugar, que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados... Ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionalidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." 4) Sobre costas: "Costas a la vencida en la instancia de grado, arts. 68 del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.426 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo')."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Fernando Strasser manifestó disidencia respecto del ajuste de la PBU (se remitió a lo resuelto en la causa Iannopollo y entendió que no corresponde acceder al reclamo de revisión del valor inicial de la PBU). Dicha opinión quedó en minoría; la decisión de la Cámara fue la transcripta en la parte resolutiva.

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