Logo

BESSER CARLOTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora impugnó la validez de normas y decretos que suspendieron la movilidad previsional y reclamó que su jubilación superior al mínimo reciba los incrementos y bonos de refuerzo. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso y confirmó la sentencia de grado, considerando que no procede declarar la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas ni acreditar una merma o derecho adquirido que justifique lo reclamado.

Recurso de apelacion Seguridad social Movilidad previsional Ley 27.541 Art. 55 Emergencia Inconstitucionalidad Anses Bonos de refuerzo Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Besser Carlota.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: se pretende la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.541 (y decretos y disposiciones conexas), impugnación de la aplicación de la suspensión temporaria de la movilidad previsional y se reclama que las jubilaciones superiores al haber mínimo se incrementen en igual medida que el mínimo incluyendo los "bonos de refuerzo" desde agosto de 2022 hasta la fecha.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el recurso de apelación deducido por la actora y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que decide y fue materia de agravios; se impondrán costas por su orden en la Alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se haya estipulado para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia, configurando un acto de suma gravedad institucional, que debe considerarse como última ratio del orden jurídico ... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados ... la repugnancia con la cláusula de la Carta Magna es manifiesta y la incompatibilidad es inconciliable." "consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." "La expresión de agravios debe consistir en una refutación nítida y puntual de los errores que se estima contiene la resolución ... La queja de la recurrente dista de hacerse cargo de los términos de la sentencia en crisis, pues resulta una reiteración casi íntegra de los argumentos esgrimidos anteriormente, razón por la cual al no ajustarse a los postulados rituales previsto en el art. 265 del CPCCN, debe necesariamente soportar las conclusiones que se derivan de su inobservancia."
- Voto en particular / disidencia relevante: la Dra. Dorado deja constancia de su criterio respecto al art. 2 de la Ley 27426, señalando que "si bien la suscripta se ha pronunciado a favor de su inconstitucionalidad", la CSJN se expidió recientemente revocando esa inconstitucionalidad y, por ello, la suscripta sigue lo dispuesto por el Alto Tribunal para evitar soluciones contradictorias; su manifestación integra el texto pero el resultado fue resuelto por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar