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ROBLEDO JUAN MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Juan Miguel Robledo demandó a ANSeS pidiendo la redeterminación de su haber jubilatorio, pago de retroactivos, actualización de la PBU y declaración de inconstitucionalidad de topes legales. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda: ordenó el reajuste de los haberes con actualizaciones y retroactividades, declaró inconstitucional el art. 9 de la ley 24.463 en los términos del fallo y admitió la excepción de prescripción por los períodos anteriores a dos años del reclamo administrativo.

Robledo


¿Quién es el actor?

Juan Miguel Robledo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: redeterminación del haber inicial jubilatorio calculado bajo la ley 24.241, pago de retroactivos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaración de inconstitucionalidad de topes legales aplicados (art. 9 ley 24.463 y otros puntos de la ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó reajustar los haberes del actor con sus correspondientes actualizaciones y retroactividades; se hizo lugar a la excepción de prescripción por los créditos generados con anterioridad a los dos años previos al reclamo administrativo (art. 82 ley 18.037); se diferirá la cuestión de actualización de la PBU para la etapa de ejecución según el índice y metodología indicada; se desestimaron planteos sobre arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241 en los alcances explicados; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 (inc. 3°) de la ley 24.463 en los términos fijados; se ordenó el pago de las diferencias desde el 19/12/2021 con intereses y sin merma alguna; se impusieron las costas a la demandada; y se diferirá la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La parte actora promueve demanda contra la ANSeS, solicitando que se redetermine su haber inicial, así como el pago del retroactivo correspondiente a su beneficio previsional, el cual habría obtenido bajo el amparo de la ley 24.241." "En cuanto a la actualización del componente PBU, sin perjuicio de dejar a salvo el criterio que venía sosteniendo ... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'... se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006..." "Sentado ello, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total, y para ello: 1) se calculará la diferencia entre PBU ACTUALIZADA y PBU ORIGINARIA; ... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada... declarándose a esos efectos, la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241, modificado por ley 26.417." "Ello así, se advierte con meridiana claridad que la aplicación al caso de lo establecido por el art. 9 apartado 3° de la ley 24.463, vulnera el derecho de propiedad y la integralidad del haber previsional de la parte actora, pues debe reconocerse el derecho a recomponer su haber previsional, conforme el haber de jubilación que le habría correspondido. Por ello... corresponde decretar la inconstitucionalidad de la norma en cuestión." "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna... toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto transcripto; la resolución que integra la sentencia es la indicada en la parte resolutiva final.

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