RAMIREZ CABAÑA ALBA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios de su pensión derivada; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia apelada y rechazó en todas sus partes la demanda, fundando que no corresponde declarar la inconstitucionalidad de normas de movilidad ni aplicar fórmulas distintas a las vigentes. Se regularon costas por su orden y honorarios por $306.228 (3 UMA) más 30% en Alzada.
¿Quién es el actor?
RAMIREZ CABAÑA ALBA ROSA (actora, titular de pensión derivada desde 22/1/2021).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios, actualización de remuneraciones y aplicación de ciertas pautas de movilidad/recálculo del haber inicial, impugnación de normas y aplicación de precedentes y tasas de interés por diferencias devengadas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia recurrida y rechazó en todas sus partes la demanda deducida. Se impusieron costas por su orden en ambas instancias y se regularon honorarios de la representación letrada de la actora en $306.228 equivalentes (3 UMA) por la primera instancia y un 30% adicional en Alzada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“La movilidad a otorgar semestralmente es el resultado de la combinación de distintas variables producidas en los semestres enero-junio y julio-diciembre, a devengar y percibir sobre los haberes de marzo y septiembre, por lo tanto no puede sostenerse la existencia de un devengamiento mensual...”
“No se encuentra acreditado que la nueva fórmula dispuesta a partir de marzo de 2018 con el aumento de junio del mismo año, haya producido una quita en el monto del haber, por lo que resulta aplicable la doctrina del Superior Tribunal en autos tales como ‘Actis Caporale’...”
Sobre la emergencia y delegación: “no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo... no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN.”
Respecto al control judicial de las normas de movilidad: “La declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados...”
- Voto en disidencia: El Dr. Sebastian E. Russo aparece señalado “(en disidencia)” al pie; además el Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión sobre el tratamiento en ejecución de la ley 27.609, remitiéndose a fundamentos en autos “WALD ALICIA GRACIELA c/ ANSeS...”. Estas posturas minoritarias no alteran la decisión mayoritaria de rechazo completo de la demanda.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: