RAMIREZ JOSE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSeS por reajustes varios incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal, retención del impuesto a las ganancias, tasa de interés y costas. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferenció el tratamiento de la actualización de la PBU para la ejecución, revocó lo resuelto sobre costas de grado imponiéndolas al vencido según art. 68 CPCCN si hubiera sumas a favor, confirmó la sentencia en lo demás y fijó honorarios del 30% para la Alzada.
¿Quién es el actor?
RAMIREZ JOSE ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios: actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial; impugnación de retención del impuesto a las ganancias; reclamo por tasa de interés; impugnación de costas. Beneficio otorgado con fecha de adquisición del derecho 01/11/2021 (amparado en ley 24.241 y ley 27.609).
¿Qué se resolvió?
Se diferenció el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU para la etapa de ejecución; se revocó lo decidido sobre las costas en la instancia de grado imponiéndolas al vencido (art. 68 CPCCN) en tanto surjan de la liquidación sumas a favor del actor, en caso contrario deberán establecerse en el orden causado (art. 36 ley 27.423); se confirmó la sentencia recurrida en lo demás; costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora fijados en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y de la imposición de costas en ambas instancias, citando pronunciamientos y proponiendo imponer las costas a la demandada vencida; ello fue dejado a salvo pero la resolución fue por mayoría conforme al bloque decisorio.
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