CORONEL ISABEL DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes y determinación del haber inicial de una Prestación Básica Universal (PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo principal, difiriendo para la etapa de ejecución la revisión del haber inicial y el cuestionamiento sobre la aplicación de topes, y confirmó las costas y la condena en costas según los artículos aplicables y la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
CORONEL ISABEL DEL VALLE (actora).
¿A quién se demanda?
ANSeS (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y determinación/actualización del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de criterios de actualización y aplicación de topes de haberes; cuestionamiento de retención de impuesto a las ganancias y otros actos/criterios administrativos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; difirió para la etapa de ejecución el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU conforme a “Quiroga” y el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre las costas de grado conforme al art. 68 del CPCCN (y artículo 36 ley 27.423 según el resultado de la liquidación); fijó costas por su orden en la Alzada; y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
1) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: 'SADOFSCHI', sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 'MARINATI', sentencia del 14 de julio de 2022."
2) "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
3) "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
4) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423). Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo')."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre ciertos puntos y en sus considerandos expresó: "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal..." (esto constituye su postura guardada y no modifica la decisión mayoritaria).
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