COPELLO, MARIA CONSTANZA c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SALUD s/AMPARO POR MORA
Conflicto negativo de competencia entre juzgados por amparo por mora contra el Ministerio de Salud. La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la competencia del fuero contencioso administrativo federal y ordenó remitir las actuaciones al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal nº 9 para que reasuma la competencia que había declinado.
¿Quién es el actor?
COPELLO, MARIA CONSTANZA.
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SALUD.
- Objeto de la demanda: Amparo por mora (reclamo vinculada a Ley 16.986).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la competencia de este Fuero y, previa noticia al titular del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal nº 7, remitió las actuaciones al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal nº 9 para que reasuma la competencia que declinó; ordenó registrarse, notificarse, comunicarse por DEO y cumplimentar la remisión.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"1º) Que en autos se plantea un conflicto negativo de competencia entre los titulares del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9 y del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 7.
2º) Que, esta Sala debe resolver de manera definitiva el conflicto suscitado, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Costa, Matías Hernán c/Registro Automotor Nº 46 (in re, “Sra. A Norma F. de López) s/ diligencia preliminar”, sent. del 2 de junio de 2015.
3º) Que la cuestión ya ha sido resuelta —de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General— por esta Sala en el marco de la causa 14380/2025 “Manzi, Ricardo Santiago c/ Estado Nacional – Ministerio de Salud s/ amparo ley LEY 16.986”, resol. del 19/6/25; en sentido concordante con la Sala II, en la causa 15.686/2024, “Khabie, Martín Jacques c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/amparo ley 16.986”, resol. del 7/2/25; y Sala V, en la causa 15646/2024, “González, María del Carmen c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/amparo ley 16.986”, del 7/8/25."
(No se registran votos en disidencia en el texto provisto).
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