MEIJOME, FEDERICO IVAN c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE SALUD s/AMPARO LEY 16.986
Conflicto negativo de competencia entre juzgados por amparo bajo la Ley 16.986. La Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la competencia de este Fuero y remitió las actuaciones al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal nº 1 para que reasuma la competencia declinada.
¿Quién es el actor?
Meijome, Federico Iván.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Salud.
- Objeto de la demanda: acción de amparo interpuesta en virtud de la Ley 16.986.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la competencia de este Fuero y, previa noticia al titular del Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal nº 7, remitió las actuaciones al Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo Federal nº 1 para que reasuma la competencia que había declinado. Regístrese, notifíquese, comuníquese por DEO y cúmplase con la remisión ordenada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"1º) Que en autos se plantea un conflicto negativo de competencia entre los titulares del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 y del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal N° 7.
2º) Que, esta Sala debe resolver de manera definitiva el conflicto suscitado, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'Costa, Matías Hernán c/Registro Automotor Nº 46 (in re, “Sra. A Norma F. de López) s/ diligencia preliminar', sent. del 2 de junio de 2015.
3º) Que la cuestión ya ha sido resuelta —de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General— por esta Sala en el marco de la causa 14380/2025 'Manzi, Ricardo Santiago c/ Estado Nacional – Ministerio de Salud s/ amparo ley LEY 16.986', resol. del 19/6/25; en sentido concordante con la Sala II, en la causa 15.686/2024, 'Khabie, Martín Jacques c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/amparo ley 16.986', resol. del 7/2/25; y Sala V, en la causa 15646/2024, 'González, María del Carmen c/Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación s/amparo ley 16.986', del 7/8/25."
- No constan votos en disidencia: la parte resolutiva final es la decisión del acuerdo.
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