MORINIGO, OSCAR ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la confirmación del rechazo administrativo de la contingencia por síndrome de túnel carpiano bilateral. La Cámara confirmó la sentencia de grado, entendiendo que el recurso no contiene crítica concreta y razonada y que la decisión administrativa y judicial estuvo fundada en la prueba aportada.
¿Quién es el actor?
Morinigo, Oscar Alberto (actor/appelante).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (empresa aseguradora / organismo administrativo).
- Objeto de la demanda: Impugnar la decisión administrativa (Comisión Médica N°10) y la sentencia de grado que consideró inculpable la enfermedad denunciada (primera manifestación invalidante el 09/05/2023), reclamando que su síndrome de túnel carpiano bilateral sea reconocido como contingencia laboral y se practiquen pruebas médicas adicionales.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en cuanto fue objeto de agravios; se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en esta instancia al 30% de lo que corresponda por la actuación anterior (art. 30 ley 27.423); e impusieron las costas de Alzada en el orden causado, ante la inexistencia de réplica (art. 68, 2º parte, Cód. Procesal).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"…no resulta cierto que el órgano administrativo desestimara sin fundamento la prueba ofrecida por el recurrente, sino que tal decisión fue el resultado del análisis realizado por el correspondiente departamento, quien determinó que, a la luz de los informes y estudios médicos agregados con las presentaciones iniciales, no resultaba necesario la producción de los restantes medios probatorios ofrecidos por el trabajador."
"En primer lugar, cabe señalar que los cuestionamientos esgrimidos por el accionante no constituyen una crítica concreta y razonada de los argumentos expuestos en el fallo que rechazó el escrito recursivo deducido contra el acto administrativo referido (art. 116 L.O.). Digo ello porque, las manifestaciones que el trabajador efectúa con respecto a la revisación médica que le fue realizada en sede administrativa resultan ser meras disquisiciones subjetivas..."
"…no encontré en la decisión adoptada por el Sr. Juez 'a quo' ningún elemento que justificara el calificativo de 'arbitrariedad' -en los términos planteados por el apelante
- pues fue suficientemente fundada en la prueba rendida en autos
- evaluada con adecuado rigor técnico
- y en consideraciones jurídicas razonables..."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Pinto Varela y Guisado) adhieren a la resolución de confirmar la sentencia y a la regulación de honorarios y costas conforme se expresa en la parte resolutiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: